BOLETÍN LEGAL 14.05.2026

 

 

 

NORMATIVIDAD
RESOLUCIÓN – MODIFICACION A RGCE 2026

El SAT publicó en el Diario Oficial de la Federación el día de hoy, la Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026,respecto a la segunda versión anticipada compartida en el BOLETÍN LEGAL 27.04.2026, mediante la cual se introducen cambios relevantes en materia de control documental, manifestación de valor y operaciones bajo el régimen de Recinto Fiscalizado Estratégico, así como modificaciones a los Anexos 5, 22 y 29.

A manera de resumen compartimos lo siguiente:

  1. Expediente del cliente para el Agente Aduanal (Regla 1.4.14)

Tal como se informó en él BOLETÍN LEGAL 24.04.2026, se confirma de manera oficial el fortalecimiento de los requisitos del expediente electrónico del cliente del agente aduanal.
La publicación en RGCE 2026 ratifica lo compartido en la información difundida previamente, por lo que les invitamos a revisar los boletines correspondientes, así como mantener contacto con su KAM respecto del proceso de integración de este expediente.

  1. Manifestación de valor

(Regla 1.5.1)

Tal como se informó en el BOLETÍN LEGAL 12.05.2026 y demás boletines previamente difundidos, se confirma de manera oficial el ajuste a las disposiciones aplicables en materia de manifestación de valor, su relación con preguntas frecuentes, casos especiales y las excepciones de transmisión.

La publicación de las RGCE 2026 ratifica todos los supuestos de la información anteriormente compartida, sin que ello implique modificaciones de contar con la documentación soporte correspondiente, la cual podrá ser requerida por la autoridad aduanera en cualquier momento.

 

  1. Recinto Fiscalizado Estratégico (RFE)

La publicación de las RGCE 2026 ratifica la eliminación parcial de la regla 4.8.2, así como la posibilidad de introducir determinadas mercancías al RFE exclusivamente para empresas que cuenten con PROSEC de la Industria Automotriz y de Autopartes, en los términos ya comunicados.

Es importante reiterar que estas modificaciones no son de aplicación inmediata, ya que su entrada en vigor se encuentra condicionada a la publicación de la modificación correspondiente del Anexo 29 en el Diario Oficial de la Federación.

  1. Se anuncian Modificaciones a los Anexos de las RGCE 2026

Con motivo de la publicación de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026, y para armonizar las disposiciones normativas asociadas, se dieron a conocer modificaciones a los Anexos de las RGCE, conforme a lo siguiente:

  1. Anexo 5 Criterios Normativos.
    Dichas modificaciones no son de aplicación inmediata, ya que su entrada en vigor se encuentra condicionada a la publicación de la modificación correspondiente del Anexo 29.
  2. Anexo 22 – Identificadores
    Se adiciona la clave “AL” al Apéndice 9 del Anexo 22. La clave AL será exigible únicamente una vez que el trámite para el envío de la información del Aviso Automático de Importación de productos de aluminio sea liberado en la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior, o se publique el aviso correspondiente en el portal del SNICE.

Sugerimos retomar el webinar realizado por Radar el pasado martes 12 de mayo. En caso de no haber podido asistir, se sugiere contactar a su KAM para solicitar acceso al mismo.

  1. Anexo 29 – Mercancías que NO pueden destinarse a RFE
    Se publican modificaciones relativas a las mercancías que no pueden destinarse al régimen de Recinto Fiscalizado Estratégico, incorporando una excepción para empresas que cuenten con PROSEC de la Industria Automotriz y de Autopartes.


Las modificaciones a los Anexos no resultan aplicables actualmente, al encontrarse su entrada en vigor condicionada a la publicación de estos en el Diario Oficial de la Federación.

Se adjunta la resolución de modificaciones para mayor referencia.

Adjuntos:

BOLETÍN LEGAL 14.05.2026 

 

 


Kevin Morales

Asesor Legal Jr.

kevin.morales@radarholding.com

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