REGULACIONES NO ARANCELARIAS.
Examen de vigencia C.C. Aceite epoxidado de soya – EE, UU.
| Producto | Aceite epoxidado de soya. |
| Tipo de Resolución | Inicio de examen de vigencia a Cuota Compensatoria. |
| Fracciones arancelarias | 1518.00.02 de la TIGIE, o por cualquier otra. |
| Origen | Estados Unidos de América. |
| Periodo de examen | 1 de julio de 2024 al 30 de junio de 2025. |
| Periodo de análisis | 1 de julio de 2020 al 30 de junio de 2025. |
| Resolución | Se mantiene la Cuota Compensatoria definitiva del 62.45% mientras se tramita este examen de vigencia. |
| Periodo para acreditar interés jurídico para presentar argumentos y pruebas. | Las partes interesadas, cuentan con 28 días hábiles para acreditar su interés jurídico y presentar respuesta al formulario oficial, así como presentar argumentos y pruebas que estimen pertinentes.
Obtención del formulario:
|
| Entrada en vigor | 30 de julio de 2025 |
NORMATIVIDAD.
4ª MODIFICATORIA A LAS RGCE 2025.
Por medio de publicación oficial, se da a conocer la Cuarta Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025, por medio del cual se reforma la regla 3.7.35. que refiere a la “Determinación de contribuciones por la importación de mercancías a través del procedimiento simplificado efectuado por Empresas de mensajería y paquetería”.
De lo anterior, se destaca:
- La Tasa Global por la importación por medio de este procedimiento simplificado (mensajería y paquetería) pasa de 19% al 33.5%
- En el caso de mercancías T-MEC que se importen a través de este procedimiento, será del 19% cuando el valor en aduanas sea superior a $117USD y siempre que
- Se encuentren amparadas en guía aérea o conocimiento de embarque.
- No se encuentren sujetas a cumplimiento de RRNA.
Entrada en vigor: 15 de agosto de 2025.
Anexos
SIN PUBLICACIONES
Eder Aguilar
Coordinador Legal Aduanas
eder.aguilar@radarholding.com



