BOLETÍN LEGAL 05.09.2022 – TLC tasa IGI – Anteproyecto SEMARNAT

TRATADOS DE LIBRE COMERCIO.

Tasas preferenciales diversos países.

La Secretaría de Economía da a conocer las tasas preferenciales (IGI) para las mercancías originarias de los siguientes países miembros de tratados, identificando los productos que están exentos y los que están sujetos a aranceles ad-valorem, aranceles mixtos (arancel ad-valorem más un arancel especifico), o aranceles preferenciales especiales, periodos de desgravación, así como las fracciones que quedaron excluidas:

  • Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio, (República de Islandia, el Principado de Liechtenstein, el Reino de Noruega y la Confederación Suiza (AELC)).
  • República Argentina (ACE No. 6).
  • República del Perú.
  • Apéndice I “Sobre el Comercio en el Sector Automotor entre la Argentina y México” (ACE No. 55).
  • Apéndice IV, otros productos automotores comprendidos en la cobertura del Acuerdo aplicables al comercio bilateral entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Oriental del Uruguay (ACE No. 55).
  • República Federativa del Brasil (ACE No. 53).
  • República Oriental del Uruguay.
  • República de Cuba (ACE No. 51).
  • Australia, Brunéi, Canadá, Chile, Japón, Malasia, Nueva Zelanda, Perú, Singapur y Vietnam (TIPAT).

Por lo anterior se abrogan los Acuerdos históricos que en su momento establecieron tasas preferenciales.

Entrada en vigor de los Acuerdos:  cuando entren en vigor los cambios a la LIGIE derivados de la séptima enmienda (primera semana de diciembre de 2022 y siempre que los sistemas del SAT estén habilitados).

Para mayor referencia, se adjuntan publicaciones.

 

REGULACIONES NO ARANCELARIAS.

CONAMER – Anteproyecto reanudación de trámites físicos SEMARNAT.

Debido a que las condiciones de emergencia sanitaria provocadas por el virus SARS-cov-2 (COVID-19), han cambiado, a través del portal de la CONAMER, se da a conocer el referido Anteproyecto, mediante el cual, la SEMARNAT hace del conocimiento del público en general los días y horas para la atención presencial de trámites y servicios ante sus unidades administrativas, siendo importante mencionar que permanecen en funcionamiento los sistemas electrónicos correspondientes a aquellos trámites cuyo canal de presentación sea por modalidad electrónica, por lo que, los usuarios podrán optar por la modalidad de presentación presencial o electrónica.

Para mayor referencia, se adjunta anteproyecto en comento, así como circular G-0361/2022 de la CAAAREM, para pronta referencia y mayor abundamiento.

ADJUNTOS

BOLETÍN RADAR 05.09.2022


Miguel Llanos

Consultoría

miguel.llanos@radarholding.com

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