BOLETÍN LEGAL 06.09.2022 – TLC tasa IGI

TRATADOS DE LIBRE COMERCIO.

Tasas preferenciales T-MEC.

La Secretaría de Economía da a conocer los aranceles de importación para las mercancías originarias de América del Norte, identificando los productos que están exentos de IGI y los que están sujetos a los aranceles previstos en el artículo 1o. de la LIGIE.

Por lo anterior se abroga el Decreto histórico que en su momento estableció las tasas preferenciales.

Entrada en vigor: cuando entren en vigor los cambios a la LIGIE derivados de la séptima enmienda (primera semana de diciembre de 2022 y siempre que los sistemas del SAT estén habilitados).

Para mayor referencia, se adjunta publicación.

REGULACIONES NO ARANCELARIAS.

Investigación antidumping importaciones de bolas de acero para molienda originarias de China.

La Secretaría de Economía da a conocer la resolución por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio del procedimiento administrativo de investigación antidumping sobre las importaciones de bolas de acero para molienda originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.

ProductoBolas de acero para molienda.
Tipo de ResoluciónInicio del procedimiento administrativo de investigación antidumping.
Fracciones arancelarias·        7326.11.03 de la TIGIE, o por cualquier otra.
Origen·        República Popular China
Objeto de la investigaciónLas importaciones de bolas de acero para molienda originarias de China se efectuaron en presuntas condiciones de discriminación de precios, y causaron daño a la rama de la producción nacional del producto similar.
Periodo de PruebaDel 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2021.
Periodo de AnálisisDel 1 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2021.
Entrada en vigor7 de septiembre de 2022.

 

ADJUNTOS

BOLETÍN RADAR 06.09.2022

SIN PUBLICACIONES


Miguel Llanos

Consultoría

miguel.llanos@radarholding.com

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