BOLETÍN LEGAL 23.03.2026

REGULACIONES NO ARANCELARIAS

Resolución preliminar investigación antidumping – aceros laminados en caliente – China – Vietnam

 

Producto Aceros laminados en caliente, los cuales corresponden a productos planos, de hierro o de acero al carbono o aleados, laminados en caliente, decapados o sin decapar, sin chapar ni revestir, de espesores hasta de 25.4 milímetros (mm), independientemente del ancho —tanto inferior como igual o superior a 600 mm—. El producto objeto de investigación incluye la lámina o placa rolada en caliente, ya sea enrollada o sin enrollar, independientemente de la forma: rollo, hoja, fleje, cinta, tira o cualquier otra.
Tipo de Resolución Preliminar del procedimiento administrativo de investigación

antidumping.

Fracciones arancelarias 7208.10.03, 7208.25.02, 7208.26.01, 7208.27.01, 7208.36.01, 7208.37.01, 7208.38.01, 7208.39.01, 7208.40.02, 7208.51.04, 7208.52.01, 7208.53.01, 7208.54.01, 7208.90.99, 7211.13.01, 7211.14.91, 7211.19.99, 7225.30.91, 7225.40.91, y 7226.91.07 de la TIGIE, y al amparo de la Regla Octava, a través de las fracciones arancelarias 9802.00.01, 9802.00.02, 9802.00.03, 9802.00.04, 9802.00.06, 9802.00.07, 9802.00.10, 9802.00.12, 9802.00.13, 9802.00.14, 9802.00.15, 9802.00.17, 9802.00.19, 9802.00.20 y 9802.00.21 de la TIGIE, o por cualquier otra.
Origen China y Vietnam, independientemente del país de procedencia.
Periodo de examen 1 de septiembre de 2023 al 31 de agosto de 2024.
Periodo de análisis 1 de septiembre de 2021 al 31 de agosto 2024.
Resolución a. 0.2304 dólares por kilogramo para las exportaciones originarias de China, provenientes de la empresa Shanghai Meishan Iron.

b. 0.2160 dólares por kilogramo para las exportaciones originarias de China, provenientes de la empresa Wuhan Iron.

c. 0.2242 dólares por kilogramo para las exportaciones provenientes de las demás empresas productoras exportadoras chinas que comparecieron y no se seleccionaron.

d. 0.2304 dólares por kilogramo para las exportaciones provenientes de las demás exportadoras de China.

e. 0.1960 dólares por kilogramo para las exportaciones originarias de Vietnam, provenientes de la empresa Hoa Phat Dung Quat.

f. 0.1969 dólares por kilogramo para las exportaciones originarias de Vietnam, provenientes de la empresa Formosa Ha Tinh.

g. 0.1969 dólares por kilogramo para las exportaciones provenientes de las demás exportadoras de Vietnam.

 

  • Las cuotas compensatorias se aplicarán en dólares por kilogramo, debiéndose liquidar en su equivalente en moneda nacional.
  • La vigencia de las cuotas compensatorias provisionales establecidas en será de cuatro meses contados a partir del día que entre en vigor la presente Resolución.
Entrada en vigor 24 de marzo de 2025.

 

ESTÍMULOS FISCALES

IEPS – Enajenación de combustibles

Se dan a conocer los porcentajes y montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del IEPS aplicables a los combustibles automotrices, correspondientes al periodo comprendido del 21 al 27 de marzo de 2026, como sigue:

 

Combustibles automotrices:

Combustible Porcentaje de Estímulo
Gasolina menor a 91 octanos 24.08%
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y

combustibles no fósiles

7.47%
Diésel 61.80%

 

Combustible Monto del estímulo fiscal

(pesos/litro)

Gasolina menor a 91 octanos $1.6133
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y

combustibles no fósiles

$0.4224
Diésel $4.5505

 

Combustible Cuota (pesos/litro)
Gasolina menor a 91 octanos $5.0868
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y

combustibles no fósiles

$5.2355
Diésel $2.8129

 

Combustible Cantidad por litro (pesos)
Gasolina menor a 91 octanos $0.0000
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y

combustibles no fósiles

$0.0000
Diésel $0.0000

 

Compartimos también el Acuerdo por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales en materia de IEPS, aplicables a la enajenación de gasolinas en la franja fronteriza con los Estados Unidos de América, durante el período comprendido del 21 al 27 de marzo de 2026, de conformidad con los lineamientos establecidos en la publicación adjunta.

Asimismo, se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales en materia de IEPS, aplicables a la enajenación de gasolinas en la región fronteriza con Guatemala, durante el período comprendido del 21 al 27 de marzo de 2026, de conformidad con los lineamientos establecidos en dicha publicación.

 

Entrada en vigor de estos Acuerdos: 21 de marzo de 2026.

 

ADJUNTOS

 Boletín Legal 23.03.2026

 

SIN PUBLICACIONES

 


Felipe Galindo

Consultor

felipe.galindo@radarholding.com

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