BOLETIN LEGAL 18.01.2023

INTERÉS GENERAL

ANTEPROYECTO CIERRE DE AICM PARA TRANSPORTE DE CARGA.

 

Ayer por la tarde la CONAMER dio a conocer en su portal el Proyecto de Decreto a través del cual se declarará el cierre de operaciones de carga nacional e internacional del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México “Benito Juárez” (AICM), exceptuados aquellos que presten servicios combinados de pasajeros y de carga, siempre que la misma sea transportada en las mismas aeronaves que los pasajeros.

Lo anterior tiene la intención de que se opere en el nuevo Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA).

Dicho proyecto a través de sus Transitorios instruye a las distintas Dependencias involucradas para llevar a cabo las acciones necesarias para su instrumentación, como son entre otros el de Reubicar operaciones fuera del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México “Benito Juárez” por parte de los concesionarios y permisionarios que realicen el servicio de transporte aéreo, nacional e internacional regular y no regular exclusivo de carga, para lo cual se otorga un plazo de 90 DÍAS HÁBILES, A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGOR DEL DECRETO (se prevé que entre en vigor un día después de su publicación en el DOF).

Estatus del Proyecto y recomendaciones:

1.- Al tratarse de un Anteproyecto, se deben concluir ciertas etapas, corriendo en este momento el plazo de 20 días para que los usuarios afectados emitamos comentarios.

Por el impacto que esto conlleva a los clientes con operaciones en el AICM, se recomienda participar con comentarios por parte de sus empresas en el siguiente link:

https://cofemersimir.gob.mx/portales/resumen/54809

2.- Una vez que se cierre el periodo de comentarios, se espera un Dictamen Preliminar y/o Dictamen Final, hasta entonces la Dependencia puede continuar con la publicación de la regulación en el DOF para que entre en vigor.

Lo anterior nos permite concluir que en aproximadamente 4 meses estará publicándose este Decreto, para lo cual todos los usuarios del actual AICM debemos hacer los ajustes en nuestras operaciones de comercio exterior para poder trasladar en su caso la operación al AIFA o una aduana distinta.

 

Acciones de RADAR para asegurar continuidad de operaciones:

Para tranquilidad de nuestros clientes, les compartimos que nuestra Infraestructura de sistemas en la nube, nos permite habilitar de una manera muy ágil operaciones por nuevas aduanas, otorgándoles la certeza de que RADAR estará listo en la fecha en que la autoridad aduanera y demás involucrados estén preparados para recibir carga en el AIFA.

RADAR cuenta ya con instalaciones en el AIFA para ofrecer sus servicios de despacho aduanero y procederá a iniciar los registros de su patente en dicha Aduana, así como la obtención de gafetes y autorizaciones para poder operar a la fecha en que se cierre el AICM.

Cabe señalar que a través de nuestras Confederaciones se ha tenido desde el año pasado seguimiento con el personal del AIFA para supervisar si ya se cuentan con los sistemas que permitan a los usuarios operar en la dicha Aduana, sin que hasta la fecha haya una confirmación de que se encuentren totalmente listos. No obstante, con el presente Decreto y una vez que se publique en el DOF, seguramente se acelerarán y resolverán los temas pendientes.

Seguiremos informándoles de los avances de este tema de gran impacto en la logística de las operaciones que actualmente se llevan a cabo en el AICM.

ADJUNTOS

 BOLETÍN RADAR 18.01.2023

 

SIN INORMACIÓN.

 


Claudia Peña

Director Legal

claudia.pena@radarholding.com

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