NORMATIVIDAD
MANIFESTACIÓN DE VALOR (ACTUALIZACIÓN PORTAL).
Se actualiza el campo INCOTERM dentro del portal de la MVE, agregándose nuevos términos:
- DDU: Entregada derechos no pagados (lugar de destino convenido)
- DEQ: Entregada en muelle (puerto de destino convenido)
- DES: Entregada en terminal
- DAT: Entregada en terminal
- DAF: Entregada en frontera (lugar convenido)
Considerar la revisión de las condiciones de contratación a efecto de poder utilizar de manera correcta el INCOTERM aplicable, ya que este dato afecta de manera directa la determinación de los gastos incrementables y decrementables.
NORMATIVIDAD
SÉPTIMA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LAS RGCE PARA 2025 (PRIMERA VERSIÓN ANTICIPADA).
El SAT dio a conocer la Séptima Resolución de Modificaciones a las RGCE para 2025.
- Autorización para despacho en lugar distinto al autorizado – Regla 2.4.1
Se incorpora un último párrafo que permite otorgar autorización para el despacho en lugar distinto al autorizado exclusivamente para mercancías de las fracciones:
- 2815.11.01 – Hidróxido de sodio sólido
- 2815.12.01 – Hidróxido de sodio en disolución acuosa
- 2815.20.03 – Hidróxido de potasio
Lo anterior en las instalaciones en el municipio de Coatzacoalcos, Veracruz cumpliendo con lo siguiente:
- Acreditar que se trata de mercancía nacional.
- Contar con el CFDI de enajenación correspondiente.
- Procedimiento para despacho por lugar distinto – Regla 2.4.3
Se adiciona un tercer párrafo en la fracción II, aplicable únicamente a operaciones de exportación de las mercancías mencionadas en las fracciones arancelarias anteriores.
Documentos adicionales obligatorios a adjuntar al pedimento:
- Escrito libre con datos del cliente extranjero (nombre/razón social, RFC o NIF, país, teléfono y correo).
- Relación de CFDI emitidos por la operación comercial.
- Documentos que comprobaren las operaciones asociadas a dichos CFDI.
- Modificación al Anexo 2 – Trámites de Comercio Exterior
Se publica la Cuarta Modificación al Anexo 2 de las RGCE 2025.
Cambios en la Ficha de Trámite 49/LA – Autorización y prórroga para entrada o salida por lugar distinto al autorizado:
- Las autorizaciones emitidas conforme al nuevo último párrafo de la regla 2.4.1 tendrán una vigencia de un año.
- Se adiciona la fracción V para establecer los documentos que deberán presentarse por cada operación a la aduana cuando se utilice dicha autorización.
OTRAS PUBLICACIONES
ANTEPROYECTO DE LOS DÍAS INHÁBILES 2026 PARA LA SECRETARIA DE ECONOMÍA.
La SE ha dado a conocer como Anteproyectos el “Acuerdo por el que se dan a conocer los días que no se consideraran hábiles en la SE durante el año 2026”:
Se considerarán como inhábiles en el año 2026, además de los sábados y domingos, los siguientes:
- 1º de enero
- El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero (2 de febrero)
- El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo (16 de marzo)
- El 2 y 3 de abril (jueves y viernes santo)
- El 1º y 5 de mayo
- El 16 de septiembre
- El 2 de noviembre
- El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre (16 de noviembre)
- El 25 de diciembre.
Los días de suspensión de labores correspondientes al segundo periodo vacacional de 2026, se darán a conocer, mediante Acuerdo que se publicará en el DOF.
OTRAS PUBLICACIONES
ANTEPROYECTO DÍAS INHÁBILES 2025-2026 DE LA SECRETARÍA DE SALUD (COFEPRIS).
La SSA ha dado a conocer como Anteproyectos el “Acuerdo por el que se dan a conocer los días de diciembre de 2025 que no se consideran hábiles por la Secretaría de Salud, sus unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados” y el “Acuerdo por el que se dan a conocer los días del año 2026 que no se consideran hábiles por la Secretaría de salud, sus unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados”
2025: Del 22 al 31 de diciembre (todas las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la SSA).
2026: Además de sábados y domingos, serán inhábiles:
- 01 al 06 de enero
- 02 de febrero
- 16 de marzo
- 02 y 03 de abril
- 01 y 05 de mayo
- 16 de septiembre
- 02 y 16 de noviembre
Los días de diciembre 2026 se publicarán posteriormente conforme al artículo 28 de la LFPA.
Durante estos días no se computarán plazos ni términos procesales en trámites y procedimientos administrativos ante la SSA, incluyendo los relacionados con COFEPRIS.
La SSA mantendrá personal para trámites indispensables y/o urgentes, pero la atención será limitada.
Se recomienda revisar la programación de operaciones para evitar que mercancías sujetas a regulaciones sanitarias queden detenidas por falta de documentación y anticipar la gestión de permisos y avisos sanitarios antes del periodo inhábil.
Se adjuntan publicaciones para su referencia.
ESTÍMULOS FISCALES
IEPS – ENAJENACIÓN DE COMBUSTIBLES.
Se dan a conocer los porcentajes y montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del IEPS aplicables a los combustibles automotrices, correspondientes al periodo comprendido del 06 al 12 de diciembre de 2025, como sigue:
Combustibles automotrices:
| Combustible | Porcentaje de Estímulo |
| Gasolina menor a 91 octanos | 0.00% |
| Gasolina mayor o igual a 91 octanos y
combustibles no fósiles |
0.00% |
| Diésel | 0.00% |
| Combustible | Monto del estímulo fiscal
(pesos/litro) |
| Gasolina menor a 91 octanos | $0.0000 |
| Gasolina mayor o igual a 91 octanos y
combustibles no fósiles |
$0.0000 |
| Diésel | $0.0000 |
| Combustible | Cuota (pesos/litro) |
| Gasolina menor a 91 octanos | $6.4555 |
| Gasolina mayor o igual a 91 octanos y
combustibles no fósiles |
$5.4513 |
| Diésel | $7.0946 |
| Combustible | Cantidad por litro (pesos) |
| Gasolina menor a 91 octanos | $0.0000 |
| Gasolina mayor o igual a 91 octanos y
combustibles no fósiles |
$0.0000 |
| Diésel | $0.0000 |
Compartimos también el Acuerdo por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales en materia de IEPS, aplicables a la enajenación de gasolinas en la franja fronteriza con los Estados Unidos de América, durante el período comprendido del 06 al 12 de diciembre de 2025, de conformidad con los lineamientos establecidos en la publicación adjunta.
Asimismo, se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales en materia de IEPS, aplicables a la enajenación de gasolinas en la región fronteriza con Guatemala, durante el período comprendido del 06 al 12 de diciembre de 2025, de conformidad con los lineamientos establecidos en dicha publicación.
Entrada en vigor de estos Acuerdos: 06 de diciembre de 2025.
Adjuntos:
Alejandra Buenrostro
Consultora



