BOLETÍN LEGAL 02.06.2026

 

REGULACIONES NO ARANCELARIAS

PORCÍCOLA – SENASICA, habilitación de HRZ

PORCÍCOLA – SENASICA

Habilitación de Hojas de Requisitos Zoosanitarios para importación

Tipo de Resolución Restricción a la importación de productos porcícolas por la Enfermedad de Aujeszky
País de Origen Estados Unidos de América
Condados/Provincias y/o Estados
  • Restricción: Iowa y Texas.
Requerimiento Declaración sanitaria de cumplimiento de que el producto proviene de animales originarios de establecimientos libres de la enfermedad de Aujeszky/Pseudorrabia (PRV), y dichos animales y sus productos no se mezclaron en ningún momento con animales o productos procedentes de establecimientos no libres de PRV.
Adjuntos Circular CAAAREM y oficio SENASICA.

 

 

Adjuntos:

​icono de Carpeta BOLETÍN LEGAL 02.06.2026

 

 

 


Felipe Galindo

Consultor

felipe.galindo@radarholding.com

Los comentarios están cerrados.