BOLETÍN LEGAL 28.05.2026

REGULACIONES NO ARANCELARIAS

ACUERDO QUE MODIFICA EL DIVERSO POR EL QUE LA SE EMITE REGLAS Y CRITERIOS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR

Con relación al boletín informativo del 20/05/2026, se informa que la SE publicó en el DOF el Acuerdo que modifica las Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior, con el objetivo principal es fortalecer el control y trazabilidad en la importación de azúcar y productos relacionados, ante prácticas detectadas de elusión arancelaria.

En ese sentido, se establece que las fracciones arancelarias 1701.12.05, 1701.13.01, 1701.14.91, 1701.91.04, 1701.99.99, 1702.90.01, 2106.90.99 quedarán sujetas a Permiso previo de importación emitido por la SE, únicamente cuando se importen en definitiva.

Por lo que, para obtener el permiso será obligatorio presentar un informe de atestación o cumplimiento emitido por CENAM o laboratorio acreditado, el cual deberá incluir entre otros:

  • Composición química
  • Porcentaje de sacarosa
  • Clasificación arancelaria
  • Determinación de si es Azúcar para consumo directo o Azúcar no apta (requiere refinación)

 

Asimismo, el periodo de respuesta y emisión del permiso es de 15 días hábiles, vía VUCEM y contará con una vigencia de 90 días naturales a partir de fecha de autorización.

La modificación prevé entrada en vigor hasta que el trámite sea liberado en VUCEM, previo anuncio/comunicado que emita Economía a través de SNICE, lo cual aún no ocurre.

 

 

Adjuntos:

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Alejandra Buenrostro

Consultora

alejandra.buenrostro@radarholding.com

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