
NORMATIVIDAD
Prórroga MVE al 31/03/2026
El día de hoy, 8 de diciembre, el SAT sostuvo una reunión con diversas Cámaras representantes de importadores para tratar el tema de la Manifestación de Valor Electrónica (MVE). De manera extraoficial, se informó lo siguiente:
- Esquema híbrido: A partir del 9 de diciembre y hasta el 31 de marzo de 2026, los importadores podrán cumplir con la Manifestación de Valor en formato físico o bien en formato electrónico a través de la VUCEM.
- Sin sanciones en autocorrecciones: Aquellos importadores que decidan iniciar la transmisión de la MVE no serán sujetos a multas por errores o falta de documentos en las autocorrecciones, hasta que la transmisión sea obligatoria.
Estamos atentos a la publicación oficial por parte de la autoridad (que aparentemente será a través de una Resolución Anticipada) para compartirla con ustedes en cuanto se emita.
Es muy importante considerar esta opción hibrida como una oportunidad de los importadores de alinear lo más pronto posible sus procesos contables, financieros y de comercio exterior con la información que exige la nueva manifestación de valor electrónica, así como de coordinarse con sus agentes aduanales en los tiempos y formas de entrega de la información de pedimentos para poder cumplir ágilmente con esta obligación cuando sea obligatoria. Derivado del Webinar impartido hoy, entendemos que existen muchas dudas técnicas sobre la correcta declaración del valor en aduana e incrementables de acuerdo con las situaciones que cada empresa presenta y las negociaciones con sus proveedores de bienes y servicios, por lo cual REITERAMOS la necesidad de iniciar lo más pronto posible con la transmisión electrónica de la MVE, aprovechando que RADAR ya cuenta con la herramienta tecnológica.
Por lo anterior los invitamos a que en conjunto con RADAR y con la herramienta de transmisión de la MVE vía Web Service que les presentamos el día de hoy, iniciemos lo más pronto posible su utilización para detectar oportunidades y exponerlas en las mesas de trabajo que convocará la autoridad para afinar y resolver problemáticas que conlleven a un debido cumplimiento a la fecha de su entrada en vigor obligatoria (01/04/2026).
Felipe Galindo
Consultor
felipe.galindo@radarholding.com

