NORMATIVIDAD.
REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR 2025 (RGCE25).
Esta mañana la SHCP publica las RGCE para 2025. Dado el extenso volumen de información se estará enviando más adelante un análisis más pormenorizado del impacto que puedan tener las Reglas para 2025.
No obstante, dada la trascendencia de algunos temas, nos permitimos compartir síntesis preliminar:
- Vigencia: Del 1° de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2025. A partir de la entrada en vigor, se abrogarán las RGCE 2024.
- Se elimina la regla 4.3.2. RGCE24, relativa a la Garantía del pago de contribuciones por la importación temporal de las mercancías señaladas en el Anexo II del Decreto IMMEX. Es decir, ya no podrá aplicarse esa garantía a las mercancías sensibles que permanecen listadas en el Anexo II del citado decreto.
- Manifestación de Valor (MV): La MV electrónica entrará en vigor cuando se dé a conocer en VUCEM y será exigible a los 90 días posteriores a su publicación, lo cual aún no ocurre. En tanto, se deberá seguir cumpliendo la obligación conforme a las RGCE 2018.
- Padrón de Importadores de Productos de la Canasta Básica: las reglas aplicables a este rubro se mantienen vigentes hasta el 31 de marzo de 2025.
- Multas y cantidades actualizadas (Anexo 13)
Se mantienen los montos de infracciones previstas en el Artículo 184-A y 184-B de la Ley Aduanera, para quedar como sigue:
- Por datos inexactos o falsos respecto del valor y comercialización (Multa COVE) – $29,420 a $49,050.
- Por datos incompletos o inexactos relacionados con la transportación de mercancías – $2,330 a $3,320.
- Fichas de trámite – Cambios en varias numeraciones.
Anexo 2 (Fichas de trámite)
[PENDIENTE DE PUBLICACIÓN para conocer si hubo cambios de fondo] |
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RGCE24 | RGCE25 |
147/LA “Aviso para importar en diversos momentos mercancías desmontadas o sin montar” Regla 3.1.26 | 139/LA “Aviso para importar en diversos momentos mercancías desmontadas o sin montar” Regla 3.1.26 |
152/LA “Solicitud para la inscripción en el Registro del Despacho de Mercancías de las Empresas, y avisos de renovación o modificación del mismo” | 60/LA “Solicitud para la inscripción en el Registro del Despacho de Mercancías de las Empresas, y avisos de renovación o modificación del mismo” |
153/LA “Solicitud para la inscripción en el Registro del Esquema de Certificación de Empresas y aviso para su renovación” | 61/LA “Solicitud para la inscripción en el Registro del Esquema de Certificación de Empresas y aviso para su renovación” |
154/LA “Avisos relacionados con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas” | 62/LA “Avisos relacionados con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas” |
155/LA “Solicitud para la aceptación, renovación, ampliación, aumento o cancelación de la garantía en materia de IVA e IEPS”, | 63/LA “Solicitud para la aceptación, renovación, ampliación, aumento o cancelación de la garantía en materia de IVA e IEPS” |
Se comparte la publicación en comento, para pronta y mejor referencia, no omitiendo señalar que nos encontramos en permanente contacto con nuestras confederaciones para compartir con ustedes cualquier aspecto de relevancia a la brevedad posible, invitándoles a realizar el ejercicio de análisis también de la mano de sus gremios.
NORMATIVIDAD.
RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2025 (RMF25).
Esta mañana se publica la RMF para 2025, misma que se adjunta para su referencia y mayor abundamiento, por motivos del volumen de información, se estará realizando el análisis detallado de la misma de la mano de nuestras confederaciones para poder informar a ustedes cualquier impacto que pudiera existir en materia de comercio exterior e informarlo a ustedes más adelante.
Mientras tanto, dada la trascendencia de algunos temas, nos permitimos señalar los siguientes puntos relevantes:
- Vigencia: Del 1° de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2025.
- Anexo 19 – DTA actualizado.
- Actualización del ISAN (Anexo 15)
- Anexos de la RMF25: Hasta en tanto no sean publicados en el DOF los anexos y modificaciones señalados en esta resolución, resultarán aplicables los de la RMF 2024.
Se comparte la publicación en comento, para pronta y mejor referencia, no omitiendo señalar que nos encontramos en permanente contacto con nuestras confederaciones para compartir con ustedes cualquier aspecto de relevancia a la brevedad posible, invitándoles a realizar el ejercicio de análisis también de la mano de sus gremios.
Adjuntos:
SIN PUBLICACIONES
Eder Aguilar
Coordinador Legal Aduanas
eder.aguilar@radarholding.com