REGULACIONES NO ARANCELARIAS.
NOM-011-ENER-2025, Eficiencia energética en acondicionadores de aire tipo central, paquete o dividido. Límites, métodos de prueba y etiquetado.
El día de ayer la Secretaría de Energía (SENER) publicó la “NORMA Oficial Mexicana NOM-011-ENER-2025, encontrándose dentro de su campo de aplicación la importación de estos artículos, detallando tanto el procedimiento de evaluación de la conformidad, como los requisitos de etiquetado que se deben de cumplir.
Campo de aplicación:
Esta Norma Oficial Mexicana establece el nivel mínimo de Relación de Eficiencia Energética Estacional (REEE2) que deben cumplir los acondicionadores de aire tipo central; especifica además los métodos de prueba que deben usarse para verificar dicho cumplimiento y define los requisitos que se deben de incluir en la etiqueta de información al público.
Aplica para los acondicionadores de aire tipo central, paquete o tipo dividido con sistema de ductos, operados con energía eléctrica, en capacidades nominales de enfriamiento de 5 275 W hasta 19 050 W que funcionan por compresión mecánica y que incluyen un serpentín evaporador enfriador de aire, un serpentín condensador enfriado por aire, y que incluye un compresor de una sola velocidad (capacidad fija) o un compresor inverter (de frecuencia o flujo de refrigerante variable) o un compresor que utiliza dos etapas (capacidad por etapas), con o sin ciclo reversible, los cuales se importen, fabriquen, o comercialicen en los Estados Unidos Mexicanos.
Vigencias:
Esta Norma Oficial Mexicana entrará en vigor 180 días naturales contados a partir del día de hoy.
Los certificados de conformidad vigentes con la NOM-011-ENER-2006 que hayan sido emitidos con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de la presente NOM, continuarán vigentes hasta la fecha de su vencimiento.
Una vez que esta Norma Oficial Mexicana haya entrado en vigor cancelará y sustituirá a la NOM-011-ENER-2006, que fue publicada en el DOF el 22 de junio de2007.
Para mayor referencia se anexa la referida publicación, así como la circular informativa de nuestra Confederación.
Adjuntos:
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Miguel Albarrán
Gerente de Consultoría
miguel.albarran@radarholding.com