REGULACIONES NO ARANCELARIAS
Modificación Anexo 4 – Resolución de precios estimados.
Se reforma la fracción arancelaria 6115.96.01 (De fibras sintéticas) y sus números de identificación comercial (NICO), del Anexo 4 (sectores textil y confección), para quedar de la siguiente manera:
FRACCIÓN ARANCELARIA |
NICO | DESCRIPCIÓN NICO | UNIDAD COMERCIAL |
PRECIO ESTIMADO (DÓLARES E.U.A. POR UNIDAD COMERCIAL) |
6115.96.01 | 01 | … | … | 0.30 |
99 | … | … | 0.26 |
En ese sentido, siempre que el precio unitario se encuentre por debajo de los precios establecidos a partir de la modificación en comento, los importadores que ingresen mercancías a México bajo esa fracción arancelarias tendrán que tramitar la garantía que cubra el pago de las contribuciones a que puedan estar sujetos dichos productos con motivo de su importación definitiva, así como el respectivo permiso de importación ante la Secretaría de Economía.
Entrada en vigor: 1º de septiembre de 2023.
Se comparte publicación para mayor referencia.
REGULACIONES NO ARANCELARIAS
Recomendaciones – transmisión de folios de NOMs de Etiquetado.
La Secretaría de Economía emite recomendaciones a considerar en la validación de folios de Normas Oficiales Mexicanas de Información Comercial, detallando aquellos aspectos a seguir en la transmisión de datos a través de correo electrónico, en formato layout 1, en las bajas y modificaciones, así como el catálogo de errores.
Se comparte el correo noms.etiquetado@economia.gob.mx, para cualquier duda o comentario.
ADJUNTOS
Felipe Galindo
Consultor
felipe.galindo@radarholding.com