BOLETÍN LEGAL 27.09.2022 – SAT – 8a Resolución de Modificaciones

 

NORMATIVIDAD.

SAT – 8a RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL 2022 (1ra VERSIÓN ANTICIPADA).

Se da a conocer la publicación de la 1ª versión anticipada de la 8ª RMRMF 2022, haciendo de su conocimiento los aspectos más relevantes a continuación:

  • Para cambio de domicilio, los contribuyentes deberán acudir a las oficinas del SAT con previa cita, excepto, los contribuyentes que perciban ingresos por salarios, en este caso el trámite se podrá realizar a través de la Oficina Virtual.
  • Avisos en el RFC, los avisos de corrección o cambio de nombre, así como los de cambio de domicilio fiscal, se deberán presentar conforme a las fichas de trámite correspondientes (78/CFF y 77/CFF respectivamente).
  • Porcentajes de reducción de multas con motivo del ejercicio de facultades de comprobación de ejercicios anteriores.
  • Declaración de pago de derechos por la utilidad compartida y extracción de hidrocarburos, correspondiente al mes de agosto de 2022 y a más tardar el 31 de octubre de 2022.
  • Asimismo, se modifican los Anexos 1, 1-A, 11, 14 y 15 de la RMF 2022.

Se reitera que los beneficios de esta publicación son aplicables de manera anticipada en virtud de la Regla 1.8 RMF. Se prevé entre en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF (lo cual aún no ocurre).

Se comparte publicación para pronta referencia.

 

REGULACIONES NO ARANCELARIAS.

SE – MODIFICACIÓN A LAS BASES PARA LICITACIONES DE ASIGNACIÓN DE CUPO DE EXPORTACIÓN DE PRENDAS DE VESTIR (TPL1 y TPL2).

En la presente publicación, se dan a conocer las modificaciones referentes a la licitación para la asignación de cupo de prendas de vestir en el marco del TMEC, destacando lo siguiente:

 

  • Se modifica el punto 3.1, podrán participar en el proceso las personas físicas y morales establecidas en territorio nacional que cuenten con antecedentes de exportación en el año inmediato anterior, de los mismos cupos, los cuales deberán cumplir con lo previsto en las bases del mismo.
  • Se modifica el punto 7.1, correspondiente a la información que debe contener el escrito bajo protesta de decir verdad que presenten los participantes en la licitación.

 

Se comparte publicación para su conocimiento.

Adjuntos:

 BOLETÍN RADAR 27.09.2022

 

SIN PUBLICACIONES

 


Edson Martínez

Gestoría

edson.martinez@radarholding.com

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