SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA.
Séptima resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 y su Anexo 1-A. Primera Versión Anticipada.
A través de la referida versión anticipada, se reforma el Transitorio Cuadragésimo Séptimo de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, para precisar la no aplicación de multas, para aquellos contribuyentes que expidan el CFDI con complemento Carta Porte hasta el 31 de diciembre de 2022 y este no cuente con la totalidad de los requisitos contenidos en el “Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el complemento Carta Porte”.
Así mismo se incluye en la fracción VI de la regla 2.14.5 de la referida resolución, que se podrá solicitar la reducción de multas conforme al artículo 74 del Código Fiscal de la Federación, por incumplimiento de las obligaciones fiscales, derivadas de las actividades de comercio exterior, incluyendo la modificación de los porcentajes de reducción en la regla 2.14.13.
Esperamos esta información sea de utilidad en el desarrollo de sus actividades de comercio exterior.
DOF – SECRETARÍA DE ECONOMÍA (SE)
Acuerdos que modifican el listado de fracciones arancelarias de las Tarifas del Impuesto General de Importación en Tratados y Acuerdos Comerciales celebrados por México.
La Secretaría de Economía realiza la publicación de diversos Acuerdos comerciales, celebrados por México, con el objeto de armonizar las fracciones arancelarias y Número de Identificación Comercial (NICO), derivados de los cambios que incorporará la nueva LIGIE 2022, relativos a la Séptima Enmienda realizada a los textos de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, mismos que se citan:
Nombre del Acuerdo |
Fecha del Acuerdo que abroga |
ACUERDO por el que se da a conocer la Tasa Aplicable del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua. |
26 de diciembre de 2020 |
ACUERDO por el que se da a conocer la Tasa Aplicable del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de la República de Colombia. | 27 de diciembre de 2020. |
ACUERDO por el que se dan a conocer las preferencias arancelarias del Acuerdo de Alcance Parcial de Renegociación No. 38 celebrado entre los Estados Unidos Mexicanos y la República del Paraguay. | 3 de junio de 2021. |
ACUERDO por el que se dan a conocer las preferencias arancelarias del Acuerdo Regional No. 3 de Apertura de mercados a favor de la República del Paraguay. |
27 de diciembre de 2020. |
ACUERDO por el que se dan a conocer las preferencias arancelarias del Acuerdo Regional No. 4, relativo a la Preferencia Arancelaria Regional. | 27 de diciembre de 2020. |
ACUERDO por el que se dan a conocer las preferencias arancelarias del Apéndice II del Acuerdo de Complementación Económica No. 55, suscrito entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, siendo los últimos cuatro Estados Parte del Mercado Común del Sur | 27 de diciembre de 2020 |
Entrada en vigor: Los acuerdos señalados, entran en vigor el mismo día que la Nueva Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicada en el DOF el 7 de junio de 2022 (Lo cual aún no ocurre).
Se comparten los Acuerdos en comento en archivo adjunto, para pronta referencia.
DOF – SECRETARÍA DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO (SHCP)
ESTÍMULOS FISCALES IEPS COMBUSTIBLES FRANJA FROTERIZA
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- Se dan a conocer los porcentajes y montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del IEPS aplicables a los combustibles automotrices, correspondientes al periodo comprendido del 27 de agosto al 02 de septiembre de 2022, como sigue:
Combustibles automotrices:
Combustible | Porcentaje de Estímulo |
Gasolina menor a 91 octanos | 95.40% |
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y combustibles no fósiles | 81.42% |
Diésel | 100.00% |
Combustible | Monto del estímulo fiscal
(pesos/litro) |
Gasolina menor a 91 octanos | $5.2389 |
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y combustibles no fósiles | $3.7759 |
Diésel | $6.0354 |
Combustible | Cuota (pesos/litro) |
Gasolina menor a 91 octanos | $0.2528 |
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y combustibles no fósiles | $0.8616 |
Diésel | $0.0000 |
Combustible | Cantidad por litro (pesos) |
Gasolina menor a 91 octanos | $0.000 |
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y combustibles no fósiles | $0.000 |
Diésel | $3.3648 |
- Compartimos también el Acuerdo por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales en materia de IEPS, aplicables a la enajenación de gasolinas en la franja fronteriza con los Estados Unidos de América, durante el período comprendido del 27 de agosto al 02 de septiembre de 2022, de conformidad con los lineamientos establecidos en la publicación adjunta.
- Asimismo, se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales en materia de IEPS, aplicables a la enajenación de gasolinas en la región fronteriza con Guatemala, durante el período comprendido del 27 de agosto al 02 de septiembre de 2022 de conformidad con los lineamientos establecidos en dicha publicación.
ADJUNTOS
Laura Trejo
Consultoría
laura.trejo@radarholding.com