REGULACIONES NO ARANCELARIAS
Precios estimados juguetes, juegos y guitarras – Modificación al Anexo 5
Se publican por primera vez los precios estimados correspondientes a 12 fracciones arancelarias de juguetes y juegos y 1 de guitarras, entrando en vigor el día de mañana, lo anterior a través de la modificación del Anexo 5 de la Resolución que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
FRACCIÓN ARANCELARIA |
NICO | DESCRIPCIÓN NICO | UNIDAD COMERCIAL |
PRECIO ESTIMADO (DÓLARES E.U.A. POR UNIDAD COMERCIAL) |
9202.90.02 | 00 | Guitarras. | Pza | 45.37 |
9503.00.01 | 00 | Triciclos o cochecitos de pedal o palanca. | Pza | 11.12 |
9503.00.02 | 00 | Con ruedas, diseñados para que los conduzcan los niños, impulsados por ellos o por otra persona, o accionados por baterías recargables de hasta 12 V, excepto, en ambos casos, lo comprendido en la fracción arancelaria 9503.00.01. | Pza | 7.44 |
9503.00.05 | 00 | Muñecas y muñecos que representen solamente seres humanos, de longitud inferior o igual a 30 cm, incluso vestidos, articulados o con mecanismos operados eléctrica o electrónicamente. | Pza | 1.01 |
9503.00.12 | 00 | Juguetes que representen animales o seres no humanos, rellenos. | Pza | 1.07 |
9503.00.16 | 00 | Rompecabezas de papel o cartón. | Kg | 3.71 |
9503.00.17 | 00 | Rompecabezas de materias distintas a papel o cartón. | Kg | 2.93 |
9503.00.23 | 99 | Los demás. | Kg | 1.28 |
9503.00.24 | 00 | Juguetes destinados a niños de hasta 36 meses de edad, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 9503.00.01, 9503.00.02, 9503.00.04, 9503.00.05, 9503.00.11, 9503.00.12, 9503.00.13, 9503.00.15, 9503.00.16, 9503.00.17, 9503.00.20 y 9503.00.23. | Kg | 3.55 |
9503.00.99 | 91 | Los demás juguetes presentados en juegos o surtidos de dos o más artículos diferentes acondicionados para su venta al por menor. | Kg | 1.99 |
9504.90.99 | 00 | Los demás. | Kg | 7.24 |
9505.10.99 | 00 | Los demás. | Kg | 2.89 |
9505.90.99 | 00 | Los demás. | Kg | 2.35 |
Impacto operativo.
Los embarques que ingresen a territorio nacional (fondeo, amarre, atraque, cruce, arribo) a partir del día de mañana, cuyo valor en aduana se encuentre por debajo del precio estimado establecido, se encuentran sujetos a garantizar la diferencia del pago de contribuciones mediante la presentación de una constancia de depósito o garantía expedida por BBVA Bancomer (única institución bancaria que actualmente emite las cuentas aduaneras de garantía), por lo que es muy importante que se coordinen con sus agentes aduanales para que verifiquen si su mercancía se encuentra sujeta a esta regulación.
Para aquellos importadores que no tienen experiencia con la exhibición de esta nueva regulación, es importante señalar que deben de acercarse a BBVA a través de sus cuentas empresariales a efecto de aperturar la cuenta especifica para el trámite, no contando RADAR con directorio para poder remitirlos con el banco. Las cuentas aduaneras de garantía se cancelarán a los 6 meses posteriores a su emisión si la autoridad no determina, a través de facultades de comprobación, hacerlas efectivas.
Se recomienda acercamiento con su agente aduanal de RADAR para determinar los embarques que a partir de mañana se encuentran sujetos a la presentación de la cuenta aduanera de garantía, a efecto de llevar a cabo las justificaciones de los embarques cuya fecha de ingreso sea hasta el día de hoy y se cumpla con el procedimiento ante la aduana para la aprobación de las cuentas aduaneras de los embarques obligados a partir de mañana.
Esta publicación forma parte de las estrategias anunciadas por el gobierno federal a través del Plan México, que busca evitar la subvaluación y fortalecer la industria nacional.
No se omite mencionar que aún falta que la referida autoridad publique precios estimados para la siguiente mercancía:
- 16 de junio de 2025: 9 fracciones arancelarias de artículos para recreo y deporte.
- 16 de julio de 2025: 33 fracciones arancelarias de papel y cartón.
Para mayor referencia, se adjunta la resolución que contiene la modificación referida.
REGULACIONES NO ARANCELARIAS
Catálogo de molinos productores (actualizado al 23.05.2025)
La Secretaría de Economía, a través del portal SNICE, comparte el catálogo de molinos productores actualizado al 23 de mayo de 2025, el cual se emplea para llevar a cabo los Avisos de importación de productos siderúrgicos, estos catálogos se comparten en sus versiones PDF y Excel.
Les recordamos que RADAR puede brindarles apoyo en el registro de los molinos productores, por lo que, puede solicitar su cotización en el correo consultoria@radarholding.com
Para mayor referencia, se adjunta el catálogo descrito.
ADJUNTOS
Felipe Galindo
Consultor
felipe.galindo@radarholding.com