NORMATIVIDAD.
Acuerdo que modifica las RCCGMCE.
Continuando con los acuerdos que se están modificando con motivo de la 7ª Enmienda del Sistema Armonizado, se da a conocer mediante publicación de esta mañana el presente Acuerdo, con la intención de modificar las RCCGMCE y con ello armonizar las fracciones arancelarias a las que les serán aplicables a esta regulación por parte de Secretaría de Economía, reglas que se relacionan con diversos temas, entre otros:
- Permiso previo o aviso automático, S. Economía.
- Anexo de NOMs (Anexo 2.4.1.) – F.A. sujetas a comprobar cumplimiento de NOMs en el punto de entrada al país y en el de su salida.
- Mercancías sujetas al pago de Cuotas Compensatorias.
Los documentos expedidos con anterioridad a la entrada en vigor de este Acuerdo, seguirán aplicándose hasta su vencimiento y podrán seguir siendo utilizados siempre que la descripción de las mercancías en el documento coincida con las mercancías presentadas ante la autoridad aduanera, mientras que las fracciones arancelarias deberán corresponder a las determinadas en el Acuerdo mediante el cual se dieron a conocer las tablas de correlación de la TIGIE, mediante publicación oficial del 14 de julio de 2022.
Reiteramos el compromiso de RADAR de mantenerse al día en la implementación de estos cambios, coordinándose con los proveedores tecnológicos, prevalidadores y confederaciones, con la intención de poder realizar esta armonización de manera adecuada, eficiente y sin afectar operaciones, por lo que, en caso de inquietud al respecto, les sugerimos acercarse al equipo Operativo y Normativo de la oficina por la que operan con mayor frecuencia, para poder dilucidar con mayor precisión los pasos a ejecutar con base en estos cambios de la 7ª Enmienda, aprovechando la ocasión para reiterar que puede solicitar acceso a nuestro Webinar sobre 7ª Enmienda del 23 de noviembre pasado, a través de su ejecutivo comercial.
Entrada en vigor: El mismo día en que lo haga la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicada el 7 de junio de 2022, lo cual aún no ocurre.
REGULACIONES NO ARANCELARIAS.
Cuota Compensatoria Placa de Acero en Rollo.
Producto | Placa de Acero en Rollo. |
Tipo de Resolución | Inicio de revisión de Cuota Compensatoria. |
Fracciones arancelarias | 7208.10.03, 7208.25.02, 7208.37.01 y 7225.30.07. |
Origen | Rusia. |
Resolución |
|
Cuota Compensatoria | 29.30% (DOF – 24nov22) |
Entrada en vigor | 25 de noviembre de 2022. |
Aquellos interesados que tengan interés jurídico acreditado podrán participar en este procedimiento de conformidad con la normativa aplicable; contando con un plazo de 23 días hábiles para acreditar su interés y personalidad jurídica, así como la respuesta al formulario oficial señalado en el documento en análisis en el numeral 29; a la dirección física o a los medios electrónicos señalados en los numerales 28 y 29.
ESTÍMULOS FISCALES.
IEPS – ENAJENACIÓN DE GASOLINAS.
Se dan a conocer los porcentajes y montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del IEPS aplicables a los combustibles automotrices, correspondientes al periodo comprendido del 26 de noviembre al 02 de diciembre de 2022, como sigue:
Combustibles automotrices:
Combustible | Porcentaje de Estímulo |
Gasolina menor a 91 octanos | 39.09% |
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y
combustibles no fósiles |
13.41% |
Diésel | 91.58% |
Combustible | Monto del estímulo fiscal
(pesos/litro) |
Gasolina menor a 91 octanos | $2.1466 |
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y
combustibles no fósiles |
$0.6219 |
Diésel | $5.5271 |
Combustible | Cuota (pesos/litro) |
Gasolina menor a 91 octanos | $3.3451 |
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y
combustibles no fósiles |
$4.0156 |
Diésel | $0.5083 |
Combustible | Cantidad por litro (pesos) |
Gasolina menor a 91 octanos | $0.0000 |
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y
combustibles no fósiles |
$0.0000 |
Diésel | $0.0000 |
Compartimos también el Acuerdo por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales en materia de IEPS, aplicables a la enajenación de gasolinas en la franja fronteriza con los Estados Unidos de América, durante el período comprendido del 26 de noviembre al 02 de diciembre de 2022, de conformidad con los lineamientos establecidos en la publicación adjunta.
Asimismo, se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales en materia de IEPS, aplicables a la enajenación de gasolinas en la región fronteriza con Guatemala, durante el período comprendido del 26 de noviembre al 02 de diciembre de 2022, de conformidad con los lineamientos establecidos en dicha publicación.
Entrada en vigor: 26 de noviembre de 2022.
NORMATIVIDAD.
ANTEPROYECTO DÍAS INHÁBILES S. ECONOMÍA.
Por medio de Anteproyecto publicado en CONAMER, la Secretaría de Economía da a conocer el Acuerdo por el que se dan a conocer los días que no se considerarán hábiles por la Secretaría de Economía, de lo cual podemos comentarle lo siguiente:
- Días inhábiles – 19 al 30 de diciembre de 2022.
- En los días inhábiles, NO se computarán plazos y términos procesales de los trámites que se lleven ante dicha dependencia.
- Los documentos presentados ante la Secretaría durante el periodo de días inhábiles se entenderán como recibidos el 2 de enero de 2023.
- Se prevé entrada en vigor del acuerdo el día de su publicación en el DOF, lo cual aún no ocurre.
- El Anteproyecto puede ser consultado en el siguiente enlace: https://cofemersimir.gob.mx/portales/resumen/54525
TRATADOS DE LIBRE COMERCIO.
ANTEPROYECTO ENTRADA EN VIGOR TIPAT – MALASIA.
Por medio de Anteproyecto publicado en CONAMER, las Secretarías de Economía y Relaciones Exteriores dan a conocer el Acuerdo por el que se da a conocer el Acuerdo por el que se da a conocer la entrada en vigor del TIPAT, para Malasia; de lo cual podemos comentarle lo siguiente:
- Para Malasia, entra en vigor el 29 de noviembre de 2022.
- Se prevé entrada en vigor del acuerdo el día siguiente al de su publicación en el DOF, lo cual aún no ocurre.
- El Anteproyecto puede ser consultado en el siguiente enlace: https://cofemersimir.gob.mx/portales/resumen/54523
TRATADOS DE LIBRE COMERCIO.
ANTEPROYECTO ESQUEMA CERTIFICACIÓN TIPAT – MALASIA.
Por medio de Anteproyecto publicado en CONAMER, la Secretaría de Economía da a conocer el Aviso por el que se da a conocer el esquema de certificación que Malasia aplicará en el marco del TIPAT; de lo cual podemos comentarle lo siguiente:
- Malasia aplicará la certificación de origen emitida por autoridad competente, en ese sentido, en el marco del TIPAT, NO será aplicable preferencia arancelaria con base en certificados de origen llenados por un exportador, productor o importador.
- Se prevé entrada en vigor del acuerdo el día de su publicación en el DOF, lo cual aún no ocurre.
- El Anteproyecto puede ser consultado en el siguiente enlace: https://cofemersimir.gob.mx/portales/resumen/54522
Que tengan excelente fin de semana.
Adjuntos:
Eder Aguilar
Legal Aduanas
eder.aguilar@radarholding.com