NORMATIVIDAD
PUBLICACIÓN REFORMA Al REGLAMENTO DE LA LEY ADUANERA
Estimado cliente,
El día de hoy, 23 de febrero de 2026, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Reglamento de la Ley Aduanera, el cual entrará en vigor a partir del 24 de febrero de 2026.
Esta reforma tiene el propósito de actualizar el Reglamento conforme a los cambios hechos a la Ley Aduanera en vigor, así como armonizar la operación de la ANAM y nuevas tecnologías, destacando los siguientes aspectos:
- Refuerzan requisitos de la Manifestación de Valor
La reforma refuerza la obligación de contar con un soporte documental completo, incluyendo contratos, órdenes de compra, documentos de incrementables y notas de crédito, lo cual debe coincidir plenamente con lo declarado en el pedimento.
La autoridad rechazará el valor declarado cuando detecte cualquiera de los siguientes supuestos:
- El proveedor niegue la operación.
- El documento o CFDI presente alteraciones.
- Exista compulsa internacional adversa.
- Nueva estructura institucional
Se incorporan definiciones clave: ANAM y Consejo Aduanero. Esto formaliza nuevas facultades y centraliza decisiones como autorizaciones y cancelaciones.
- NICO obligatorio en clasificación
El NICO debe aparecer en clasificaciones, dictámenes, muestras y resoluciones. Si la autoridad no dicta resolución en 1 mes en el registro de toma de muestras, se considera correcta la clasificación del importador.
- Nuevas reglas para reconocimiento y toma de muestras
Se permite el reconocimiento directo en recinto fiscalizado. La toma de muestras puede realizarse con terceros cuando el muestreo pueda alterar el producto.
Se comparte la publicación del DOF, circular CAAAREM T 0060/2026 y comparativo del reglamento ley aduanera elaborado por esa confederación.
Adjuntos:
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César Hernández
Coordinador de Gestoría



