INTERES GENERAL.
Acuerdo primer periodo vacacional 2023 ANAM.
Mediante la referida publicación, la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) da a conocer su primer periodo vacacional de 2023, mismo comprende del 17 al 28 de julio, periodo en el cual no se computarán plazos y términos legales correspondientes en los actos, trámites y procedimientos que se sustanciarán ante las unidades administrativas de la citada Agencia.
Entrada en vigor: 12 de julio de 2023.
Se adjunta el Acuerdo en mención para pronta referencia.
TRATADOS DE LIBRE COMERCIO.
Acuerdo entrada en vigor del TIPAT para Brunéi.
Como ya les habíamos informado mediante el Boletín del pasado 27 de junio de 2023, esta mañana la Secretaría de Economía publica en el DOF el Acuerdo citado al rubro, mediante el cual se informa la entrada en vigor del Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (TIPAT) para Brunéi Darussalam.
Entrada en vigor del TIPAT para Brunéi: 12 de julio de 2023.
Se adjunta el Acuerdo en mención para pronta referencia.
TRATADOS DE LIBRE COMERCIO.
Tasa Aplicable del IGI mercancías originarias TIPAT.
La Secretaría de Economía da a conocer las tasas aplicables del Impuesto General de Importación (IGI) para las mercancías originarias de los países que conforman el TIPAT, con el propósito de que tanto los operadores, así como las autoridades aduaneras tengan conocimiento de las condiciones arancelarias y los mecanismos que regirán la importación de las mercancías originarias de la región en mención.
Cabe señalar que las tasas arancelarias preferenciales para la importación de mercancías establecidas en el Tratado no eximen del cumplimiento de las medidas de RRNAs, de requisitos previos de importación impuestos por cualquier dependencia en el ámbito de sus facultades, de requisitos previstos para el trámite del despacho de mercancías, entre otros.
Entrada en vigor: 12 de julio de 2023.
Se adjunta el Acuerdo en mención para pronta referencia.
REGULACIONES NO ARANCELARIAS.
Levantamiento de restricciones para la importación de aves o productos avícolas originarios y/o procedentes de diversas provincias y municipios de Estados Unidos de América y Canadá.
Nuestra Confederación CLAA nos informa que la SENASICA, a través de su Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria mediante el oficio B00.03.01.01.01-1713-2023 con fecha del 10 de julio de 2023, ha determinado levantar las restricciones a las importaciones de aves y mercancía avícola procedentes del municipio West Lincoln, municipalidades de Adelaide y Metcalfe en Ontario, así como de los municipios de Beauharnois-Salaberry, Le haut-saint-Laurent y Vallé-du-Richelieu en Quebec; ajustado las leyendas en las combinaciones de la HRZ respectiva.
De la misma manera, mediante el oficio B00.03.01.01.01-1716-2023 con fecha del 10 de julio de 2023, ha determinado levantar las restricciones a las importaciones de aves y mercancía avícola procedentes de los estados de Tennessee y Utah, E.U.A; ajustado las leyendas en las combinaciones de la HRZ respectiva.
Se adjuntan circulares No.76 y No.77 de CLAA y oficios B00.03.01.01.01-1713-2023 y B00.03.01.01.01-1716-2023 del SENASICA.
Adjuntos:
Edson Martinez
Gestoría
edson.martinez@radarholding.com