REGULACIONES NO ARANCELARIAS.
AVÍCOLA – RESTRICCIÓN DE IMPORTACIÓN, EE. UU.
La Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria del SENASICA ha determinado restringir la importación de aves y mercancía avícola procedentes de los condados de Elkhart, Indiana; Sac, Iowa y Dauphin, Cumberland, Lebanon y Lancaster Pennsylvania, en EE. UU.; esto por el brote de influenza aviar de alta patogenicidad (IAAP). Por lo anterior, se ha ajustado la leyenda en las combinaciones de las hojas de requisitos zoosanitarios para importación.
Se comparte circular de CAAAREM para mayor abundamiento, así como Oficio. B00.03.01.-0903-2025 de SENASICA.
Adjuntos:
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Eder Aguilar
Coordinador Legal Aduanas
eder.aguilar@radarholding.com