
NORMATIVIDAD
AVANZA REFORMA A LEY ADUANERA: SUBVALUACIÓN.
En seguimiento a nuestro boletín del 9 de septiembre de 2026, relativo a la iniciativa de reforma a la Ley Aduanera con tolerancia cero a la subvaluación, informamos que ayer la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen, por lo que el proyecto será turnado al Pleno de la Cámara de Diputados para su discusión y votación.
¿Qué contempla el dictamen?
Se mantienen las principales propuestas presentadas por el Ejecutivo Federal, que son:
1. Facultades de comprobación de oficio.
Se faculta a la autoridad aduanera para iniciar procedimientos de comprobación cuando el valor declarado en el pedimento sea inferior al valor de transacción de mercancías idénticas o similares.
2. Eliminación del umbral del 50%.
Se elimina el requisito consistente en que la diferencia de valor sea igual o superior al 50% para que proceda el embargo precautorio por subvaluación.
3. Limitación de la cuenta aduanera de garantía.
La constitución de una cuenta aduanera de garantía ya no impediría, por sí misma, la práctica del embargo precautorio.
4. Nuevas reglas para la sustitución del embargo precautorio.
Cuando la diferencia de valor sea inferior al 20%, el embargo podrá sustituirse mediante depósito en efectivo o cuenta aduanera de garantía. Si la diferencia es igual o superior al 20%, la sustitución únicamente podrá realizarse mediante depósito en efectivo.
5. Reducción del umbral para ciertas infracciones.
Se reduce del 50% al 20% el parámetro utilizado para presumir determinadas infracciones relacionadas con regímenes aduaneros que difieren el pago de contribuciones.
Ajustes relevantes incorporados por la Comisión
Durante la discusión del dictamen se aprobaron reservas que modifican aspectos clave de la iniciativa:
- Entrada en vigor al 1 de enero de 2027.
En lugar de hacerlo al día siguiente de su publicación en el DOF.
- Sanciones específicas para hidrocarburos y petrolíferos.
Se incorporan multas de entre el 50% y el 100% del valor comercial de las mercancías cuando las infracciones involucren hidrocarburos o petrolíferos.
¿Qué falta para su aprobación?
La iniciativa aún debe concluir su proceso legislativo mediante:
- Aprobación por el Pleno de la Cámara de Diputados.
- Discusión y votación en la Cámara de Senadores.
- Publicación en el Diario Oficial de la Federación.
- Entrada en vigor.
Continuaremos monitoreando el avance de esta iniciativa e informaremos oportunamente cualquier modificación que pudiera incorporarse durante la discusión en el Pleno de la Cámara de Diputados y, posteriormente, durante su análisis por la Cámara de Senadores.


