BOLETÍN LEGAL 30.12.2025

 

NORMATIVIDAD

REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR 2026 (RGCE26)

A través de Circular G-0383/2025, CAAAREM nos comparte resumen pormenorizado de las RGCE 26 reportada en el BOLETÍN LEGAL – REFORMAS IMPORTANTES ADUANERAS Y FISCALES 2026, por lo que, para facilitar el estudio de estas, nos permitimos poner a su disposición en archivos adjuntos la citada circular y sus anexos, para pronta y mejor referencia.

Adicional a las reglas destacadas ayer, nos permitimos llamar la atención sobre las siguientes:

  • Regla 4.8.18., Documentación técnica y contable, relacionada con el régimen de Recinto Fiscalizado Estratégico (RFE) cuando se lleven a cabo procesos de elaboración, transformación o reparación.
  • Regla 7.1.1., Requisitos para la obtención del Registro en el Esquema de Certificación de Empresas (RECE); destacando la adición de requisitos en el tenor de:
    • Que ninguno de sus socios, haya sido condenado por la comisión de delitos que ameriten pena corporal.
    • No tener sanciones administrativas por la importación o exportación de mercancías.
    • No se le haya emitido y notificado la resolución que determine que emite falsos comprobantes fiscales.
  • Regla 7.2.4. y 7.2.5., Causales de cancelación de esquemas de Certificación; que adicionan como supuestos de cancelación los siguientes:
    • Cuando alguno de sus socios cuente con una condena en sentencia definitiva por haber participado en la comisión de delitos fiscales.
    • Cuando tenga sanciones administrativas relacionadas con la entrada y la salida de mercancías del territorio nacional en perjuicio del Fisco Federal.

Les invitamos a conocer el documento y acudir en su caso a la publicación en el DOF compartida ayer en caso de requerir mayor abundamiento en los temas destacados, reiterando que, de existir algún elemento adicional que deba ser comunicado con mayor detalle a ustedes, se compartirá por este medio.

NORMATIVIDAD

RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL 2026 (RMF26)

Del mismo modo, CAAAREM comparte Circular T-0249/2025, en donde realiza el resumen de la RMF26, haciendo especial énfasis a aquellas reglas con mayor relación con comercio exterior, destacando de la misma los siguientes puntos:

  • CFDI con Complemento Carta Porte, como documento primordial que acredite el traslado de mercancías, mismo que se encuentra a cargo del transportista, por lo que se recomienda reforzar con sus prestadores de servicio la necesidad de cumplir con todas las obligaciones fiscales asociadas a este comprobante y su complemento.
  • Anexo 4, actualización cantidades de la LFD, recordando que esta información se encontraba en el Anexo 19 en la RMF25, conteniendo entre otros, los nuevos montos de DTA, mismos que compartíamos ayer.

Se comparten adjuntos Circular y sus anexos para pronta referencia.

NORMATIVIDAD

REFORMA LIGIE (AJUSTE DE ARANCELES)

Por medio de Circular G-0382/2025, CAAAREM elabora un ejercicio didáctico de desglose de las 1,463 fracciones arancelarias cuyas cuotas sufrieron cambios en la reforma a la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (LIGIE) dadas a conocer mediante el Boletín RADAR “REFORMAS IMPORTANTES ADUANERAS Y FISCALES 2026”.

Se comparte la circular en comento, así como su archivo adjunto, en el que se pueden apreciar con identificadores de colores las fracciones que sufrieron cambio, cuyo impacto se localiza sobre todo en estos sectores:

SECTOR TOTAL DE F.A. CON CAMBIO DE ARANCEL
Plástico 79
Textil 418
Vestido 308
Siderúrgico 268
Aluminio 38

REGULACIONES NO ARANCELARIAS

AVÍCOLA – SENASICA, INFLUENZA AVIAR.

AVÍCOLA – SENASICA

Influenza Aviar de Alta Patogenicidad (IAAP)

Tipo de determinación Restricción de importación de aves y mercancía avícola por brotes de IAAP.
País de Origen Canadá
Condados/Provincias y/o Estados North Perth, Ontario y La Haute-Yamaska, Quebec.
Recomendación Consultar las Hojas de Requisitos Zoosanitarios (HRZ) vigentes.
Adjuntos Circular CAAAREM y Oficio SENASICA correspondiente.

 

REGULACIONES NO ARANCELARIAS

ABROGACIÓN AVISO AUTOMÁTICO EXPORTACIÓN

Secretaría de Economía publica de manera oficial la Abrogación del Acuerdo por el que se sujetaban a Aviso Automático de Exportación (AAE) diversas mercancías publicado el 3 de junio de 2025, cuya derogación dimos a conocer en Boletín del 11 de agosto pasado.

De esta forma, se oficializa la no aplicación del AAE, tal como anunciaba la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior de la Secretaría de Economía en comunicado de agosto 2025, por lo que se comparte publicación en comento para mayor abundamiento.

REGULACIONES NO ARANCELARIAS

EXAMEN DE VIGENCIA C.C. – CIERRES DE METAL, CHINA.

Producto Cierres de metal.
Tipo de Resolución Inicio examen de vigencia C.C.
Fracciones arancelarias 9607.11.01, o por cualquier otra.
Origen China.
Periodo de examen 1 de enero al 31 de diciembre de 2025
Periodo de análisis 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2025.
Resolución Se mantiene la cuota compensatoria definitiva de $7.07 USD por kilogramo.
Periodo para acreditar interés jurídico para presentar argumentos y pruebas. Las partes interesadas, cuentan con 28 días hábiles para acreditar su interés jurídico y presentar la respuesta a los formularios establecidos para tales efectos, los argumentos y las pruebas que consideren convenientes.
Entrada en vigor 31 de diciembre de 2025

 REGULACIONES NO ARANCELARIAS

EXAMEN DE VIGENCIA C.C. – GATOS HIDRÁULICOS TIPO BOTELLA, CHINA.

Producto Gatos hidráulicos tipo botella.

 

Tipo de Resolución Inicio examen de vigencia C.C.
Fracciones arancelarias 8425.42.02, o por cualquier otra.
Origen China.
Periodo de examen 1 de enero al 31 de diciembre de 2025
Periodo de análisis 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2025.
Resolución Se mantiene la cuota compensatoria definitiva de $13.13 USD por kilogramo.
Periodo para acreditar interés jurídico para presentar argumentos y pruebas. Las partes interesadas, cuentan con 28 días hábiles para acreditar su interés jurídico y presentar la respuesta a los formularios establecidos para tales efectos, los argumentos y las pruebas que consideren convenientes.
Entrada en vigor 31 de diciembre de 2025

 NORMATIVIDAD

ANEXO 2, RMF26.

Se publicó em Edición vespertina de ayer, 29 de diciembre, el Anexo 2 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 (RMF26), mismo que contiene las Fichas de trámite señaladas en dicha Resolución, asociadas a temas fiscales, tanto de CFF, ISR, IVA, IEPS, entre otros.

Se comparte en archivos adjuntos, para su pronta referencia, esperando les sea de utilidad en sus actividades cotidianas.

Adjuntos:

 Boletín Legal 30.12.2025

 


Eder Aguilar

Coordinador Legal eder.aguilar@radarholding.com

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