BOLETÍN LEGAL 30.09.2025

REFORMAS LEY ADUANERA

ASPECTOS RELEVANTES DEL PROYECTO DE REFORMAS A LA LEY ADUANERA.

En alcance a nuestro boletín especial del 12 de septiembre pasado, en el que realizamos un resumen de las iniciativas de reforma con impacto en materia de comercio exterior que el Ejecutivo Federal ha enviado al Congreso de la Unión, les compartimos la circular informativa número 139 de la CLAA, en la que informa los aspectos más relevantes respecto a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Aduanera, abordando los siguientes temas:

 

  1. Agencia de Transformación Digital y Telecomunicación
  2. Sistemas tecnológicos
  3. Agentes Aduanales y Agencias Aduanales
  4. Mensajeria y paquetería
  5. Procedimientos aduaneros
  6. Recinto Fiscalizado Estratégico
  7. Tratados internacionales
  8. Operador Económico Autorizado
  9. Actualizaciones y adecuaciones en el marco jurídico
  10. Implementación de controles y simplificación administrativa de las autoridades
  11. Infracciones y sanciones

 

Lo anterior lo hacemos de su conocimiento a efecto de que puedan ir tomando sus previsiones en caso de que dichas reformas sean aprobadas en los términos propuestos por el ejecutivo, respecto de lo cual los mantendremos informados en cuanto tengamos más información.

REGULACIONES NO ARANCELARIAS

INICIO DE INVESTIGACIÓN ANTIDUMPING, IMPORTACIONES DE LONAS DE POLICLORURO DE VINILO CON REFUERZO TEXTIL, ORIGINARIAS DE CHINA INDEPENDIENTEMENTE DEL PAÍS DE PROCEDENCIA.

Producto Lonas de PVC con refuerzo textil.
Tipo de Resolución Inicio de investigación antidumping.
Fracciones arancelarias 3921.12.01, 3921.90.99 y 3926.90.99 de la TIGIE, o por cualquier otra.
Origen China, independientemente del país de

procedencia.

Periodo investigado 1 de enero al 31 de diciembre de 2024.
Periodo de análisis 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2024.
Resolución La Secretaría podrá aplicar las cuotas compensatorias definitivas que, en su caso, se impongan sobre los productos que se hayan declarado a consumo hasta 90 días antes de la fecha de aplicación de las medidas provisionales, que en su caso se determinen.
Periodo para acreditar interés jurídico para presentar argumentos y pruebas. Las partes interesadas, cuentan con 23 días hábiles para acreditar su interés jurídico y presentar la respuesta a los formularios establecidos para tales efectos, los argumentos y las pruebas que consideren convenientes.
Entrada en vigor 01 de octubre de 2025

 

 REGULACIONES NO ARANCELARIAS

INICIO DE INVESTIGACIÓN ANTIDUMPING, IMPORTACIONES DE CABLES DE ACERO, ORIGINARIAS DE MALASIA Y VIETNAM, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAÍS DE PROCEDENCIA.

Producto Cables de acero.
Tipo de Resolución Inicio de investigación antidumping.
Fracciones arancelarias 7312.10.01, 7312.10.05, 7312.10.07 y 7312.10.99 de la TIGIE, o por cualquier otra.
Origen Malasia y Vietnam, independientemente del país de

procedencia.

Periodo investigado 1 de enero al 31 de diciembre de 2024.
Periodo de análisis 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2024.
Resolución La Secretaría podrá aplicar las cuotas compensatorias definitivas que, en su caso, se impongan sobre los productos que se hayan declarado a consumo hasta 90 días antes de la fecha de aplicación de las medidas provisionales, que en su caso se determinen.
Periodo para acreditar interés jurídico para presentar argumentos y pruebas. Las partes interesadas, cuentan con 23 días hábiles para acreditar su interés jurídico y presentar la respuesta a los formularios establecidos para tales efectos, los argumentos y las pruebas que consideren convenientes.
Entrada en vigor 01 de octubre de 2025

 

PROGRAMAS DE FOMENTO

AVISO IMMEX CANCELADOS.

Por medio de publicación oficial, la Secretaría de Economía da a conocer los nombres de los Programas IMMEX cancelados por falta de presentación del reporte anual del ejercicio fiscal 2024.

Se comparte adjunta publicación oficial, para su referencia.

 

ADJUNTOS

 Boletín Legal 30.09.2025


Miguel Albarrán

Gerente de Consultoría

miguel.albarran@radarholding.com

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