BOLETÍN LEGAL 29.05.2025

NORMATIVIDAD

 3a Resolución modificaciones RGCE 2025 y Anexos

Se publicó la 3ª Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior 2025 y a diversos Anexos, teniéndose, entre otros, cambios de relevancia respecto a la adición de una nueva causal de suspensión; relacionada con cambios a reglas referentes al régimen de Depósito Fiscal y los Almacenes Generales de Depósito; a las reglas del Título 7: Esquema de Certificación de Empresas; así como a diversos anexos.

A la brevedad compartiremos un análisis más detallado de los cambios contenidos en esta resolución para establecer el impacto de estos.

Para un mayor análisis. se comparte la Resolución referida, misma que entra en vigor el 30 de mayo de 2025.

 

REGULACIONES NO ARANCELARIAS.

RESOLUCIÓN FINAL CUOTA COMPENSATORIA SOSA CÁUSTICA LIQUIDA, EUA.

 

Producto Sosa cáustica líquida (hidróxido de sodio en disolución acuosa)
Tipo de Resolución Resolución final de la investigación antidumping.
Fracción arancelaria 2815.12.01
Origen Estados Unidos de América
Resolución Se declara concluido el procedimiento administrativo de revisión de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de sosa cáustica líquida originarias de los Estados Unidos, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de la fracción arancelaria 2815.12.01 o por cualquier otra.

 

Se modifica la cuota compensatoria y su esquema de aplicación y se determina aplicar una cuota compensatoria definitiva de $195 dólares por tonelada métrica.

Vigencia Cinco años más, contados a partir del 13 de julio de 2020
Entrada en vigor 30 de mayo de 2025.

 

REGULACIONES NO ARANCELARIAS.

RESOLUCIÓN FINAL CUOTA COMPENSATORIA LÁPICES, CHINA.

 

Producto Lápices
Tipo de Resolución Resolución final de la investigación antidumping.
Fracción arancelaria 9609.10.01
Origen China, independientemente del país de procedencia
Resolución Se declara concluido el procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta la mercancía consistente en lápices, que ingresan a través de la fracción arancelaria 9609.10.01 o por cualquier otra.

 

Se prorroga la vigencia de la cuota compensatoria, de 0.0299 dólares por pieza.

Vigencia Cinco años más contados a partir del 27 de mayo de 2024.
Entrada en vigor 30 de mayo de 2025.

 

 

REGULACIONES NO ARANCELARIAS.

RESOLUCIÓN FINAL CUOTA COMPENSATORIA HULE POLIBUTADIENO ESTIRENO EN EMULSIÓN; EUA, COREA Y JAPÓN.

 

Producto Hule polibutadieno estireno en emulsión.
Tipo de Resolución Resolución final de la investigación antidumping.
Fracción arancelaria 4002.19.01, 4002.19.02, 4002.19.03 y 4002.19.99
Origen China, independientemente del país de procedencia
Resolución Se declara concluido el procedimiento administrativo de examen de vigencia y de la revisión de oficio de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones definitivas y temporales de hule SBR, que ingresan a través de las fracciones arancelarias antes referidas o por cualquier otra.

 

Se determina no modificar las cuotas compensatorias definitivas:

  • Originarias de los Estados Unidos de América, 0.34075 dólares por kilogramo.
  • Originarias de Corea, 0.11378 dólares por kilogramo.
  • Originarias de Japón y provenientes de Zeon Corporation, 0.23556 dólares por kilogramo.
Vigencia Cinco años más, contados a partir del 26 de enero de 2024.
Entrada en vigor 30 de mayo de 2025.

 

REGULACIONES NO ARANCELARIAS.

RESOLUCIÓN FINAL CUOTA COMPENSATORIA LÁMINA ROLADA EN FRÍO, COREA.

 

Producto Lámina rolada en frio.
Tipo de Resolución Resolución final Inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria.
Fracción arancelaria 7209.16.01, 7209.17.01, 7209.18.01 y 7225.50.91.
Origen Corea, independientemente del país de procedencia
Resolución Se declara concluido el procedimiento administrativo de examen de vigencia y de la revisión de oficio de los compromisos asumidos por las exportadoras POSCO y Hyundai Steel, sobre las importaciones de lámina rolada en frío, que ingresan por las fracciones arancelarias antes señaladas y por cualquier fracción arancelaria del mecanismo de la Regla Octava, o por cualquier otra.

 

Se prorroga la vigencia de los compromisos asumidos por las exportadoras POSCO y Hyundai Steel por, en los volúmenes de exportación exceder el límite de exportación anual de 45,000 Toneladas Métricas.

Vigencia Cinco años contados a partir del 1 de enero de 2024
Entrada en vigor 30 de mayo de 2025.

 

REGULACIONES NO ARANCELARIAS.

RESOLUCIÓN FINAL ANTIDUMPING POLIÉSTER RESINA, CHINA.

 

Producto Poliéster resina.
Tipo de Resolución Resolución final del procedimiento administrativo de investigación antiduping.
Fracción arancelaria 3907.61.01 y 3907.69.99.
Origen China, independientemente del país de procedencia
Resolución Se declara concluido el procedimiento administrativo de investigación en materia de prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, y se imponen cuotas compensatorias definitivas a las importaciones de poliéster resina, incluidas las definitivas y temporales, excepto las correspondientes a depósito fiscal, originarias de China, independientemente del país de procedencia, en los siguientes términos:

 

a.     0.12 dólares por kilogramo para las importaciones provenientes de la empresa China Resources.

b.    0.04 dólares por kilogramo para las importaciones provenientes de la empresa Hailun.

c.     0.26 dólares por kilogramo para las importaciones provenientes de la empresa Xingtai.

d.    0.14 dólares por kilogramo para las importaciones provenientes de la empresa Xingye.

e.     0.10 dólares por kilogramo para las importaciones provenientes de la empresa Xingyu.

f.     0.26 dólares por kilogramo para las importaciones de las demás empresas exportadoras.

Entrada en vigor 30 de mayo de 2025.

 

REGULACIONES NO ARANCELARIAS

Avícola – restricción de importación – Arizona, EUA.

La Dirección General de Salud Animal del SENASICA informa que debido a los brotes de influenza Aviar de Alta Patogenicidad en los EUA, ha determinado restringir la importación de aves y mercancía avícola procedentes del Estado de Arizona.

Se recomienda consultar en tiempo real las HRZ por los cambios que estas pudieran tener.

Para mayor referencia, se adjunta circular CAAAREM y oficio del SENASICA.

 

ADJUNTOS

 Boletín Legal 29.05.2025

 


Felipe Galindo

Consultor

felipe.galindo@radarholding.com

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