BOLETÍN LEGAL 27.03.2024

NORMATIVIDAD

ACUERDO RRNA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL.

Secretaría de Economía publica la modificación al Acuerdo mediante el cual se establecen las mercancías sujetas a cumplimiento de regulación por parte de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, para incluir diversas fracciones arancelarias y NICOs dentro de las mercancías reguladas por esa Secretaría, dentro del Anexo I, inciso e) (Certificado Fitosanitario para Importación), inciso f) (Certificado Fitosanitario para Importación), aplicando las siguientes acotaciones:

e) Mercancías reguladas por la DGSV, mediante inspección en el punto de entrada al país.

 

Fracción Arancelaria/
NICO
DescripciónAcotación
0901.21.99Los demás.Únicamente: Productos a granel o en costales.
99Los demás.
0901.22.99Los demás.Únicamente: Productos a granel o en costales.
99Los demás.

 

f) Mercancías reguladas por la DGSV, sujeta al cumplimiento de los requisitos señalados en el Módulo de Requisitos Fitosanitarios para la Importación y en las disposiciones generales o reglamentarias en materia de sanidad vegetal.

Fracción Arancelaria/
NICO
DescripciónAcotación
0901.21.99Los demás. 
01En cápsulas.
99Los demás.
0901.22.99Los demás. 
01En cápsulas.
99Los demás.

Entrada en vigor: 27 de marzo de 2024.

 


REGULACIONES NO ARANCELARIAS

AVÍCOLA – AJUSTES EN LAS HRZ PARA IMPORTACIONES AVÍCOLAS – CONDADO DE HUTCHINSON, DAKOTA DEL SUR, EUA.

La Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria de SENASICA, comunica que, derivado del brote de influenza aviar de alta patogenicidad en el condado de Hutchinson, Dakota del Sur, EUA, ha determinado ajustar la leyenda restrictiva en diversas combinaciones de requisitos zoosanitarios, mismos que se comparten en oficio adjunto al presente.

Para mayor referencia, se comparte Circular T-0055/2024 de nuestra Confederación CAAAREM y Oficio B00.03.01.01.-0722-2024 de SENASICA.

 

REGULACIONES NO ARANCELARIAS

SENASICA – Se levantan las restricciones para las importaciones de aves y mercancía avícola procedentes de los condados de Les Maskountains y Papineau, en Quebec, Canadá.

La Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria de SENASICA, comunica que se levantan las restricciones impuestas a la importación de aves y mercancía avícola procedentes de los condados de Les Maskountains y Papineau, en Quebec, Canadá.

En consecuencia, se ajustan las leyendas que así lo establecían en las hojas de requisitos zoosanitarios.

Para mayor referencia, se comparte Circular T-0057/2024 de nuestra Confederación CAAAREM y Oficio B00.03.01.01.-0725.-2024 de SENASICA.

 

Adjuntos:

 BOLETÍN LEGAL 27.03.2024


Miguel Llanos

Consultor

miguel.llanos@radarholding.com

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