BOLETIN LEGAL 26.07.2023

REGULACIONES NO ARANCELARIAS.

Modificación Anexo 4 – Resolución de precios estimados.

Se adicionan al Anexo 4 (sectores textil y confección) los siguientes precios estimados:

FRACCIÓN
ARANCELARIA
NICO DESCRIPCIÓN NICO UNIDAD
COMERCIAL
PRECIO ESTIMADO
(DÓLARES E.U.A.
POR UNIDAD
COMERCIAL)
6112.41.01 01 Para mujeres. Pza 1.34
99 Los demás. Pza 1.28
6115.95.01 01 Con contenido de encaje o red. Par 0.34
99 Los demás. Par 0.31
6115.96.01 01 Con contenido de encaje o red. Par 0.25
99 Los demás. Par 0.25
6210.10.01 01 Prendas desechables no tejidas diseñadas para uso en hospitales, clínicas, laboratorios o áreas contaminadas. Pza 0.72
99 Los demás. Pza 0.72

 

En ese sentido, siempre que el precio unitario se encuentre por debajo de los precios establecidos a partir de la modificación en comento, los importadores que ingresen mercancías a México bajo esas fracciones arancelarias tendrán que tramitar la garantía que cubra el pago de las contribuciones a que puedan estar sujetos dichos productos con motivo de su importación definitiva, así como el respectivo permiso de importación ante la Secretaría de Economía.

Asimismo, se eliminan de dicho anexo los precios estimados de las fracciones arancelarias 6112.41.01, NICO 00; 6115.95.01, NICO 00; 6115.96.01, NICO 00; y 6210.10.01, NICO 00.

Entrada en vigor: 02 de agosto de 2023.

Se comparte publicación para mayor referencia.

ADJUNTOS

 BOLETÍN LEGAL 26.07.2023

 

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Felipe Galindo

Consutoría

felipe.galindo@radarholding.com

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