BOLETÍN LEGAL 26.03.2026

NORMATIVIDAD

Modificación a Decretos TIGIE, Apoyo competitividad IAT, IMMEX, entre otros.

El gobierno federal incorporó los rieles (FA 7302.10.02) al esquema de arancel-cupo con arancel exento, buscando garantizar su abasto y apoyar el desarrollo de infraestructura ferroviaria del país. Este cambio reduce costos y mejora la logística, entrando en vigor el mismo día de su publicación: 26 de marzo de 2026.

Se adjunta publicación.


NORMATIVIDAD

Alcance – obligación de presentar avisos para mercancías adicionales al RECE (7.2.1-X)

 

La CAAAREM aclaró el alcance de la obligación de presentar avisos cuando un importador con Registro en el Esquema de Certificación de Empresas (RECE) pretenda introducir mercancías adicionales a las originalmente declaradas en su solicitud de inscripción.

 

¿Cuál es el punto clave?

La presentación del aviso es obligatoria, sin excepción, cuando se incorporen mercancías nuevas al RECE, independientemente de su naturaleza.

 

¿A qué tipo de mercancías aplica la obligación?

El aviso debe presentarse en todos los casos, sin distinguir:

  • Mercancía considerada sensible
  • Mercancía no sensible
  • Activo fijo

 

La regla no hace distinciones, y el SAT confirmó expresamente que la obligación aplica de manera general para cualquier mercancía adicional que no haya sido incluida originalmente en el RECE.

  • Implicaciones prácticas para importadores

Si tu empresa cuenta con RECE:

  • No puedes importar nuevas fracciones o mercancías bajo el esquema sin antes haber presentado el aviso correspondiente en VUCEM.
  • La obligación no se limita a insumos productivos, también aplica para maquinaria, equipo, herramientas, mobiliario u otros activos fijos.
  • El aviso forma parte del cumplimiento permanente del RECE, por lo que su omisión puede poner en riesgo:

 

  • La continuidad del registro
  • Beneficios de certificación
  • La viabilidad de las operaciones de comercio exterior

 

  • Riesgos por incumplimiento

 

  • Observaciones o actos de fiscalización por parte del SAT
  • Inconsistencias entre mercancías importadas y procesos productivos autorizados
  • Posibles sanciones o afectaciones al RECE

 

  • Recomendación para importadores

 

  • Mantener un control previo de cualquier nueva mercancía que se pretenda importar bajo el RECE.
  • Verificar que toda mercancía nueva cuente con su aviso autorizado, antes del despacho.
  • Coordinarse estrechamente con el agente aduanal y el área de comercio exterior para asegurar que las operaciones estén alineadas con lo autorizado en el registro.

 

ADJUNTOS

 

 Boletín Legal 26.03.2026

 


Felipe Galindo

Consultor

felipe.galindo@radarholding.com

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