BOLETÍN LEGAL 24.11.2023

REGULACIONES NO ARANCELARIAS.

Suspensión de la cuota compensatoria impuesta al sulfato de amonio (EUA-China).

La suspensión del cobro de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de sulfato de amonio originarias de los Estados Unidos de América y de China, independientemente del país de procedencia, continúa hasta 24 de noviembre de 2024, extendiéndose por un año más dicha suspensión.

Lo anterior, conforme al Acuerdo que emite la Secretaría de Economía en el cual establece que las condiciones que dieron origen al primer acuerdo por el que se suspendió el cobro de las cuotas compensatorias impuestas a la mercancía de referencia aún se encuentran presentes, además de que el Gobierno de México continúa implementando estrategias que permitan equilibrar los efectos de la tendencia inflacionaria y evitar la caída en el consumo de los hogares mexicanos.

Se comparte el siguiente histórico para mayor referencia:

  1. 31 de marzo de 2022, se publicó la Resolución final del procedimiento administrativo de examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de sulfato de amonio originarias de los Estados Unidos de América y de la República Popular China.
  2. 24 de mayo de 2022, se publicó el primer Acuerdo de suspensión del cobro de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de sulfato de amonio originarias de los Estados Unidos de América y de la República Popular China.
  3. 24 de noviembre de 2022, se publicó el segundo Acuerdo de suspensión del cobro de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de sulfato de amonio originarias de los Estados Unidos de América y de la República Popular China.

Se adjunta el Acuerdo publicado en el DOF, mismo que hoy entra en vigor.

ESTÍMULOS FISCALES.

IEPS – ENAJENACIÓN DE COMBUSTIBLES.

Se dan a conocer los porcentajes y montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del IEPS aplicables a los combustibles automotrices, correspondientes al periodo comprendido del 5 de noviembre al 01 de diciembre de 2023, como sigue:

Combustibles automotrices:

Combustible Porcentaje de Estímulo
Gasolina menor a 91 octanos 0.00%
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y

combustibles no fósiles

0.00%
Diésel 6.59%

 

Combustible Monto del estímulo fiscal

(pesos/litro)

Gasolina menor a 91 octanos $0.0000
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y

combustibles no fósiles

$0.0000
Diésel $0.4286

 

Combustible Cuota (pesos/litro)
Gasolina menor a 91 octanos $5.9195
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y

combustibles no fósiles

$4.9987
Diésel $6.0769

 

Combustible Cantidad por litro (pesos)
Gasolina menor a 91 octanos $0.0000
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y

combustibles no fósiles

$0.0000
Diésel $0.0000

 

Compartimos también el Acuerdo por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales en materia de IEPS, aplicables a la enajenación de gasolinas en la franja fronteriza con los Estados Unidos de América, durante el período comprendido del 25 de noviembre al 01 de diciembre de 2023, de conformidad con los lineamientos establecidos en la publicación adjunta.

Asimismo, se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales en materia de IEPS, aplicables a la enajenación de gasolinas en la región fronteriza con Guatemala, durante el período comprendido del 25 de noviembre al 01 de diciembre de 2023, de conformidad con los lineamientos establecidos en dicha publicación.

Entrada en vigor: 25 de noviembre de 2023.

REGULACIONES NO ARANCELARIAS.

Módulos de consulta para la importación de mercancías – SADER.

La CAAAREM comparte las ligas de internet en las cuales se podrán consultar los requisitos aplicables a la importación de mercancías sujetas a las regulaciones que administra la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER), así como las ligas en las se podrán solicitar la combinación de requisitos que corresponda, esto por la importancia de estar consultando dichos requisitos con anticipación a la gestión del trámite de la certificación aplicable, toda vez que los mismos pueden ser modificados sin previo aviso.

Para mayor referencia, se adjunta circular de dicha confederación.

 

TRATADOS DE LIBRE COMERCIO.

Anteproyecto de la Decisión 1/2023 – ACC (México/Reino Unido).

Por medio de la Decisión citada al rubro, se establece una prórroga para la aplicación de la Acumulación de Origen Ampliada (trato arancelario preferencial de las mercancías) conforme al Acuerdo de Continuidad Comercial, hasta la entrada en vigor de un nuevo tratado bilateral de libre comercio entre México y el Reino Unido.

Recordemos que el 1° de junio de 2021 se dio a conocer el Acuerdo de Continuidad Comercial entre México y el Reino Unido, mismo que estableció los mecanismos para mantener el trato arancelario preferencial de mercancías desde el 1° de enero de 2021 hasta el 1° de enero de 2024.

Es importante mencionar que dicha Decisión aún no se publica en el Diario Oficial de la Federación, pero se contempla que entre en vigor el 1° de enero de 2024.

Para mayor referencia, se adjunta circular de la CAAAREM, anteproyecto CONAMER y el Acuerdo de Continuidad Comercial entre México y el Reino Unido.

 

 

ADJUNTOS

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Felipe Galindo

Consultor

felipe.galindo@radarholding.com

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