BOLETÍN LEGAL 23.02.2024

INTERÉS GENERAL.

Infografía RyRNA

 El SNICE, por medio de su red social X, comparte la siguiente infografía respecto de las Regulaciones y Restricciones no Arancelarias, para señalar cuáles son y en qué consisten tanto a la importación como a la exportación.

  • En RADAR Consultoría brindamos los servicios de gestión y obtención de diversos trámites como lo son: Permisos Previos, NOM´s, Certificados SAGARPA, COFEPRIS, SEMARNAT, entre otros.

Contáctanos para una asesoría especializada.​​

 

REGULACIONES NO ARANCELARIAS.

Avícola – Ajustes a HRZ (Drummond, Quebec, Canadá/Colorado y Carolina del Norte, E.U.A).

La Dirección General de Salud Animal del SENASICA ha modificado las hojas de requisitos zoosanitarios para las mercancías provenientes del Condado de Drummond de Quebec en Canadá y los estados de Colorado y Carolina del Norte de los Estados Unidos de América; derivado de los brotes de influenza aviar de alta patogenicidad.

 

Por lo anterior, recomendamos estar consultando en tiempo real las hojas de requisitos zoosanitarios, dado que los cambios en las disposiciones en comento pueden variar sin previo aviso.

 

Para mayor referencia, se adjuntan las circulares de CAAAREM y los oficios del SENASICA.

 

REGULACIONES NO ARANCELARIAS.

Solicitudes ingresadas a la VUCEM para importar Estupefacientes y Psicotrópicos.

Derivado del ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que se dan a conocer los trámites y servicios, así como los formatos que aplica la Secretaría de Salud, a través de la COFEPRIS, publicado el pasado 28 de diciembre de 2023, a través del cual se indica que la aduana autorizada para la importación y exportación de Estupefacientes y Psicotrópicos es el AIFA, la Dirección Ejecutiva de Regulación de Estupefacientes, Psicotrópicos y Sustancias Químicas dependiente de la COFEPRIS, hace del conocimiento de los siguientes puntos relevantes:

 

  1. En las solicitudes realizadas a través de VUCEM se podrá seleccionar el AICM (mientras se encuentra disponible el AIFA), pudiendo realizar sus operaciones por el AIFA.
  2. En solicitudes de MODIFICACIÓN o PRORROGA de permisos sanitarios de importación/exportación de Estupefacientes y Psicotrópicos, no podrán realizarse en una misma solicitud en la VUCEM:
    1. Modificación: en caso de que requiera algún cambio a las condiciones autorizadas.
    2. Prorroga: en caso de requerir la extensión de vigencia por 90 días naturales adicionales.
  3. Un permiso sanitario cuyas condiciones autorizadas hayan cambiado, no podrá prorrogarse.
  4. La vigencia máxima de las autorizaciones de importación y exportación será de 180 días, que podrá prorrogarse por un plazo igual, siempre que no cambien las condiciones en que fueron otorgadas.

Se adjunta circular CAAAREM y archivo que contiene las preguntas en comento.

 

ESTÍMULOS FISCALES.

IEPS – Enajenación de combustibles.

Se dan a conocer los porcentajes y montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del IEPS aplicables a los combustibles automotrices, correspondientes al periodo comprendido del 24 de febrero al 01 de marzo de 2024, como sigue:

Combustibles automotrices:

Combustible Porcentaje de Estímulo
Gasolina menor a 91 octanos 15.48%
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y

combustibles no fósiles

0.00%
Diésel 14.59%

 

Combustible Monto del estímulo fiscal

(pesos/litro)

Gasolina menor a 91 octanos $0.9557
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y

combustibles no fósiles

$0.0000
Diésel $0.9901

 

Combustible Cuota (pesos/litro)
Gasolina menor a 91 octanos $5.2195
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y

combustibles no fósiles

$5.2146
Diésel $5.7964

 

Combustible Cantidad por litro (pesos)
Gasolina menor a 91 octanos $0.0000
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y

combustibles no fósiles

$0.0000
Diésel $0.0000

Compartimos también el Acuerdo por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales en materia de IEPS, aplicables a la enajenación de gasolinas en la franja fronteriza con los Estados Unidos de América, durante el período comprendido del 24 de febrero al 01 de marzo de 2024, de conformidad con los lineamientos establecidos en la publicación adjunta.

Asimismo, se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales en materia de IEPS, aplicables a la enajenación de gasolinas en la región fronteriza con Guatemala, durante el período comprendido del 24 de febrero al 01 de marzo de 2024, de conformidad con los lineamientos establecidos en dicha publicación.

Entrada en vigor: 24 de febrero de 2024.

 

ADJUNTOS

 BOLETÍN LEGAL 23.02.2024

 


Miguel Llanos

Consultor

miguel.llanos@radarholding.com

 

Los comentarios están cerrados.