BOLETÍN LEGAL 13.09.2023

 

REGULACIONES NO ARANCELARIAS.

SE –  Cuota Compensatoria – Aceros planos recubiertos. Resolución Final 

 

Producto

Aceros planos recubiertos.

Tipo de Resolución Resolución final.
Fracciones arancelarias 7210.30.02, 7210.41.01, 7210.41.99, 7210.49.99, 7210.61.01, 7210.70.02, 7212.20.03, 7212.30.03, 7212.40.04, 7225.91.01, 7225.92.01 y 7226.99.99 y al amparo de la Regla Octava por las fracciones arancelarias 9802.00.01, 9802.00.02, 9802.00.03, 9802.00.04, 9802.00.06, 9802.00.07, 9802.00.10, 9802.00.13, 9802.00.15 y 9802.00.19 de la TIGIE o por cualquier otra.
Origen China y Taiwan
Resolución Se confirma la cuota compensatoria definitiva.
Cuota Compensatoria
  1. de 22.26% para las importaciones provenientes de China Steel Corporation (CSC) y de 52.57% para las demás empresas exportadoras de Taiwán, y

 

  1. de 22.22% para las importaciones provenientes de Baoshan Iron & Steel Co. Ltd. (“Baoshan”); de 22.26% para las importaciones provenientes de Beijing Shougang Cold Rolling Co. Ltd. (“Beijing Shougang”); Shougang Jingtang United Iron & Steel Co. Ltd. (“Shougang Jingtang”) y Tangshan Iron & Steel Group Co. Ltd. (“Tangshan”) y de 76.33% para las demás empresas exportadoras de China.
Entrada en vigor 14 de septiembre de 2023.

 

Se adjunta esta Resolución final, para pronta referencia.

 

REGULACIONES NO ARANCELARIAS.

SE –  Procedimiento Administrativo de investigación antidumping. Lámina rolada en frio originarias de Vietnam. Resolución preliminar.

Producto Lámina rolada en frío.
Tipo de Resolución Resolución preliminar.
Fracciones arancelarias 7209.16.01, 7209.17.01, 7209.18.01, 7209.26.01, 7209.27.01, 7209.28.01, 7209.90.99, 7211.23.03, 7211.29.99, 7211.90.99, 7225.50.91 y 7226.92.06, y al amparo de la Regla Octava por las fracciones arancelarias 9802.00.01, 9802.00.02, 9802.00.03, 9802.00.07, 9802.00.13, 9802.00.15 y 9802.00.19 de la TIGIE, o por cualquier otra.
Origen Vietnam.
Periodo de investigación 01 de octubre de 2020 al 30 de septiembre de 2021.
Periodo de análisis de daño 01 de octubre de 2018 al 30 de septiembre de 2021.
Resolución Se continúa con el procedimiento, imponiéndose una cuota compensatoria de

  1. de 12.77% para las importaciones procedentes de la empresa exportadora Hoa Phat;
  2. de 25.64% para las importaciones procedentes de la empresa exportadora Posco Vietnam, y
  3. de 81.06% para todas las demás productoras exportadoras.
Entrada en vigor 14 de septiembre de 2023.

 

Se adjunta esta Resolución preliminar, para pronta referencia.

 

INTERÉS GENERAL.

CLAA – Información de PRODECON sobre retención de mercancías en aduana, sin informe de motivos.

 

Nuestra Confederación CLAA, a través de su circular No.105.23, comparte la publicación de PRODECON, en la cual informa que tiene reporte de casos en los que la autoridad aduanera retiene las mercancías al realizar el acto de reconocimiento aduanero, sin dar a conocer los motivos que originaron la retención.

Ante esta situación, PRODECON pone a la disposición de los importadores su servicio gratuito de Quejas y Reclamaciones, por medio del cual puede apoyar para conocer el estatus de las mercancías o si durante el despacho aduanero existió alguna irregularidad con las mismas.

Los canales que se ponen a disposición para obtener la asesoría son:

Asimismo, recordemos que Radar también detectó varios casos en los que la retención se realiza incluso antes de iniciar el despacho de la mercancía, tal como lo dimos a conocer en nuestro Webinar “RETENCIONES EN PUNTOS TÁCTICOS” del pasado 28 de marzo de 2023. Reiteramos nuestra recomendación de que, si su operación se encuentra en este caso, también se presente una queja ante PRODECON, a efecto de que éste organismo de procuración nos apoye en el acercamiento con las autoridades aduaneras y sus operaciones se despachen en el menor tiempo posible.

Se adjunta circular CLAA105.23, así como la publicación de PRODECON, para pronta referencia.

 

Adjuntos:

 BOLETÍN LEGAL 13.09.2023


Rocío León

Consultor

rocio.leon@radarholding.com

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