BOLETIN LEGAL 07.12.2022

REGULACIONES NO ARANCELARIAS.

Mercancías sujetas a Precios Estimados.

En relación con la próxima entrada en vigor de la Séptima Enmienda (TIGIE 2022), la Secretaría de Hacienda y Crédito Público da a conocer las modificaciones a los anexos del Acuerdo que establece los precios estimados para prevenir y combatir la práctica de la subvaluación en la importación de mercancías consistentes en vehículos usados, o pertenecientes al sector del calzado y del textil y confección, para así armonizar las fracciones arancelarias del Acuerdo en comento con la nueva LIGIE.

Entrada en vigor:  12 de diciembre de 2022.

Para mayor referencia, se adjunta publicación.

INTERÉS GENERAL.

Preguntas frecuentes Séptima Enmienda.

La Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior da a conocer el cuestionario de preguntes frecuentes relacionado con la implementación de la nueva LIGIE, con el cual resuelve dudas respecto de las tablas de correlación, regulaciones y restricciones no arancelarias, NOM´s y la reanudación de plazos y términos para los trámites que se efectúan ante la Secretaría de Economía.

Para mayor referencia, se adjunta cuestionario.

INTERÉS GENERAL.

Días inhábiles Secretaría de Economía.

En relación con la publicación del Acuerdo que establece los días inhábiles de la Secretaría de Economía, dicha entidad emite el boletín con el cual da a conocer aspectos relacionados con el periodo vacacional comprendido del 19 al 30 de diciembre de 2022, siendo los siguientes:

 

        1. La VUCEM permanecerá abierta en los días inhábiles descritos, las solicitudes se tendrán por recibidas el 02 de enero de 2023.
        2. NO serán considerados como recibidos las solicitudes y documentos que se envíen a los correos electrónicos de dicha secretaría durante el periodo vacacional en comento, para la cual se deben de enviar a partir del primer día hábil de enero de 2023.
        3. Se establecen los días de transmisión al SAT para la NOM-016-CRE-2016, las NOMs de Información Comercial, los Certificados de Equivalencia, los Certificados de Homologación, la NOM-019-SCFI-1998, la NOM-208-SCFI-2016 y las Resoluciones 2.4.7.

Para mayor referencia, se adjunta boletín.

REGULACIONES NO ARANCELARIAS.

Cumplimiento de NOM´s – mercancías reacondicionadas/reconstruidas.

La Secretaría de Economía da a conocer el oficio por medio del cual se establece que las mercancías reacondicionadas o reconstruidas tienen que cumplir, en el punto de entrada al país, con las Normas Oficiales Mexicanas de eficiencia energética, siendo estas las enlistadas en el considerando número 3 de dicho oficio.

Para mayor referencia, se adjunta documento.

ADJUNTOS

 BOLETÍN RADAR 07.12.2022

 


Felipe Galindo

Consultoría

felipe.galindo@radarholding.com

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