BOLETÍN LEGAL 07.10.2022 – SE– Acuerdo modificatorio regulaciones SEMARNAT

REGULACIONES NO ARANCELARIAS.

 SE – ACUERDO QUE MODIFICA EL DIVERSO QUE ESTABLECE LAS MERCANCÍAS CUYA IMPORTACIÓN/EXPORTACIÓN ESTÁ SUJETA A REGULACIÓN DE SEMARNAT.  

 

Por medio de publicación oficial de esta mañana, la Secretaría de Economía da a conocer las modificaciones al Acuerdo por el que se señalan las mercancías de importación o exportación sujetas a regulaciones por parte de SEMARNAT.

El acuerdo pretende, en esencia:

  • Armonizar las fracciones arancelarias contenidas en el mismo, de conformidad con los cambios más recientes a los NICOs y sus tablas de correlación.
  • Incluir las fracciones arancelarias correspondientes a residuos o desechos que se consideran peligrosos y aquellos sujetos al Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación, así como los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE), creando los siguientes formatos:
    • Anexos III – “Procedimiento de presentación del trámite SEMARNAT-07-021, aviso de materiales importados se régimen temporal, retorno de sus residuos peligrosos y reciclaje de residuos peligrosos no retornados.”
    • Anexos IV – “Legislación Nacional y Convenios Internacionales ratificados por México que aplican a movimientos transfronterizos de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE), sujetos a control por parte de la SEMARNAT.”
  • Se sustituyen los formatos FF-PROFEPA-001 y FF-PROFEPA-002 del Anexo 1 por los formatos PROFEPA-03-004-A y PROFEPA-03-004-B.
  • Nomenclatura y fracciones sujetas a otros formatos en diversos trámites de SEMARNAT y PROFEPA.
  • NOTAS:
    • Los trámites ingresados con anterioridad a la publicación del presente Acuerdo, se resolverán de conformidad con la normatividad aplicable vigente en el momento de su presentación.
    • Quedan sin efectos los formatos:
  1. FORMATO PROFEPA-02-001 (OBTENCIÓN DE UN CERTIFICADO AMBIENTAL)
  2. FORMATO PROFEPA-02-002 (SOLICITUD PARA LA RENOVACIÓN DE UN CERTIFICADOAMBIENTAL).
  3. Formato para la Elaboración del Plan de Acción (TRÁMITE PROFEPA-02-001, OBTENCIÓN DE UN CERTIFICADO AMBIENTAL, MODALIDAD C).
  4. Formato de Modificación de los Plazos de Ejecución de las Actividades del Plan de Acción (TRÁMITE PROFEPA-02-001, OBTENCIÓN DE UN CERTIFICADO AMBIENTAL, MODALIDAD C).
  5. Formato para la Elaboración del Alcance Físico y Operativo (TRÁMITE PROFEPA-02-001, OBTENCIÓN DE UN CERTIFICADO AMBIENTAL, MODALIDADES A, B y C).
  6. Formato para la Elaboración del Alcance Físico y Operativo (TRÁMITE PROFEPA-02-002, SOLICITUD PARA LA RENOVACION DE UN CERTIFICADO AMBIENTAL, MODALIDAD A).
  7. Formato para el Reporte de los Indicadores de Desempeño Ambiental (TRÁMITE PROFEPA-02-002, SOLICITUD PARA LA RENOVACION DE UN CERTIFICADO AMBIENTAL, MODALIDAD B).
  8. Formato para la Elaboración de la Ficha Técnica (TRÁMITE PROFEPA-02-003, SOLICITUD DE APROBACIÓN DE UN AUDITOR AMBIENTAL, MODALIDADES A, B y C).
  9. FF-PROFEPA-002 Aviso de derrame infiltración, descarga o vertido de materiales peligrosos o residuos peligrosos Modalidad B. Formalización de Aviso inmediato, que se dio a conocer en el Artículo Segundo, numeral II, del “Acuerdo por el que se dan a conocer los formatos de los trámites a cargo del sector ambiental en las materias que se indican” (DOF del 17 de octubre de 2016).

 

Entrada en vigor: 8 de octubre de 2022, con excepción de las fracciones arancelarias enlistadas en el transitorio único, inciso a), para las cuales entrará en vigor a los 20 días hábiles posteriores a este día.

Se comparten circulares CLAA No. 151 y su Alcance, para mayor abundamiento y mejor referencia.

 

ESTÍMULOS FISCALES.

IEPS – ENAJENACIÓN DE GASOLINAS.

 

Se dan a conocer los porcentajes y montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del IEPS aplicables a los combustibles automotrices, correspondientes al periodo comprendido del 08 al 14 de octubre de 2022, como sigue:

Combustibles automotrices:

CombustiblePorcentaje de Estímulo
Gasolina menor a 91 octanos92.44%
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y

combustibles no fósiles

76.99%
Diésel100.00%

 

CombustibleMonto del estímulo fiscal

(pesos/litro)

Gasolina menor a 91 octanos$5.0764
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y

combustibles no fósiles

$3.5702
Diésel$6.0354
CombustibleCuota (pesos/litro)
Gasolina menor a 91 octanos$0.4153
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y

combustibles no fósiles

$1.0673
Diésel$0.0000
CombustibleCantidad por litro (pesos)
Gasolina menor a 91 octanos$0.0000
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y

combustibles no fósiles

$0.0000
Diésel$1.7774

 

Compartimos también el Acuerdo por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales en materia de IEPS, aplicables a la enajenación de gasolinas en la franja fronteriza con los Estados Unidos de América, durante el período comprendido del 08 al 14 de octubre de 2022, de conformidad con los lineamientos establecidos en la publicación adjunta.

Asimismo, se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales en materia de IEPS, aplicables a la enajenación de gasolinas en la región fronteriza con Guatemala, durante el período comprendido del 08 al 14 de octubre de 2022, de conformidad con los lineamientos establecidos en dicha publicación.

 

 

REGULACIONES NO ARANCELARIAS.

Nuevos Ajustes a las HRZ por brote de Influenza aviar en Ransom, Dakota del Norte, Estados Unidos.  

  • SENASICA, a través de su Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria, comparte el oficio B00.03.01.01.2549-2022 de fecha 06 de octubre de 2022, con el propósito anunciar nuevos ajustes en las Hojas de Requisitos Zoosanitarios (HRZ) para la importación de productos avícolas.
  • Este ajuste es consecuencia de que la Dirección General de Salud Animal informó de un brote de Influenza Aviar en el condado de Ransom, Dakota del Norte, Estados Unidos. Las combinaciones aplican para la importación de carne avícola, vísceras avícolas, preparaciones a base de carne cruda, Huevo, entre otras.
  • El oficio en análisis surtió efectos a partir del 4 de octubre de 2022.
  • Finalmente, nuestras Confederaciones recomiendan consultar constantemente las hojas de requisitos zoosanitarios, toda vez que los cambios que puedan presentarse se reflejan al día.

Se adjuntan publicaciones en análisis, así como oficio en comento y circular informativa No. 127 de nuestra Confederación CLAA, para pronta referencia y mayor abundamiento, esperando que esta información sea de utilidad en el desarrollo de sus actividades cotidianas.

Que tengan excelente fin de semana.

Adjuntos:

 BOLETÍN RADAR 07.10.2022


Eder Aguilar

Legal Aduanas

eder.aguilar@radarholding.com

Los comentarios están cerrados.