BOLETIN LEGAL 03.08.2023

 

REGULACIONES NO ARANCELARIAS

SNICE – Aviso por el que se comunica la captura de los NICOs en las solicitudes de permisos automáticos de productos textiles.

 

  1. La Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior, de la Secretaría de Economía, ofrece el oficio 516.2023.2117, de fecha 02 de agosto de 2023, en referencia a la declaración de NICOs en las solicitudes de permisos automáticos de productos textiles.
  2. Derivado de las recientes publicaciones en el DOF del Acuerdo que modifica al diverso por el que se dan a conocer los NICO del pasado 30 de junio de 2023 y la modificación al Anexo 4 de la Resolución de Precios Estimados del pasado 6 de julio de 2023, esta dependencia señala que aún queda pendiente la publicación del Acuerdo de RyCCGMCE (Reglas de la SE) que armonice a todas las publicaciones anteriores.
  3. Es por ello que se informa la instrucción de que, en las solicitudes para los permiso automáticos de importación de productos textiles y de confección, debe capturarse en el campo “Descripción de la mercancía” la fracción arancelaria y el NICO anterior, y también la fracción arancelaria y NICO actual.
  4. Esta instrucción estará vigente desde el 02 de agosto de 2023 y hasta en tanto se publique en el DOF el Acuerdo de las Reglas de la SE que armonice la normatividad aplicable.

Se adjunta dicho oficio, para pronta referencia.

 

NORMATIVIDAD

CONAMER – Anteproyecto de Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que la Secretaría de Economía emite RyCCGMCE (Reglas de la SE).

 

  1. La Secretaría de Economía publica en el portal de CONAMER este anteproyecto, cuyo propósito es derogar la regla 2.4.5 de las Reglas de la SE. Esta regla actualmente dispone los requisitos para acreditar el cumplimiento de la NOM-016-CRE-2016.
  2. La razón por la que se deroga dicha regla es porque la Comisión Reguladora de Energía se encarga de vigilar el cumplimiento de la citada norma.
  3. Cabe señalar que se trata de un anteproyecto que debe ser publicado en el DOF para que entre en vigor, lo cual aún no ha ocurrido.
  4. Liga de consulta: https://cofemersimir.gob.mx/portales/resumen/55588
  5. El propio anteproyecto contempla su entrada en vigor 3 meses después de su publicación en el DOF.

Se adjunta dicho Anteproyecto de Acuerdo, para pronta referencia.

 

NORMATIVIDAD

SHCP – Anexo 1 de la Tercera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023, publicada el 25 de julio de 2023.

 

  1. Con motivo de la publicación de la citada Modificación, es necesario también actualizar diversas declaraciones, formatos y modelos de comercio exterior, los cuales se encuentran en el Anexo 1 de las RGCE 2023, publicado el día de hoy.
  2. Los formatos modificados se encuentran en la fracción II, apartados D, E y F, de dicho Anexo.

Se adjunta dicho Anexo, para pronta referencia.

 BOLETÍN LEGAL 03.08.2023


David Ramirez

Legal Aduanas

david.ramirez@radarholding.com

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