
NORMATIVIDAD
ACTUALIZACIÓN REFORMA A LA LIGIE (AJUSTE DE ARANCELES)
En relación con el proyecto de reforma a la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (LIGIE), tema que se ha informado en diversos boletines RADAR; se recuerda y actualiza lo siguiente:
- El 9/09/2025 se presentó la iniciativa para modificar 1,463 fracciones arancelarias en sectores estratégicos (textil, vestido, calzado, plásticos, siderúrgico, aluminio, muebles, papel, vidrio, electrodomésticos, juguetes, autopartes, entre otros). Objetivo: fortalecer la industria nacional, el contenido regional y la competitividad, sin afectar compromisos en tratados comerciales.
- Si bien la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad de la Cámara de Diputados informó que tenía hasta agosto de 2027 para dictaminar la reforma a la LIGIE, esto no significó que no pudieran retomar la discusión y aprobar modificaciones en cualquier momento antes de que concluya la Legislatura, sin esperar hasta la fecha referida (aclaración transmitida a través de Boletín RADAR el 07/11/2025).
- El 08/12/2025 la referida Comisión dictaminó la propuesta, aprobándola con modificaciones.
- El dictamen ajusta gran parte de las cuotas originalmente propuestas:
- Cap. 33–34 (perfumería, cosméticos y jabones): pasando de 35–50% a 25–36%, según fracción.
- Cap. 39 (plásticos) y 40 (caucho): en semiproductos y tuberías, ajustes de 10% a 5–7%; en artículos terminados, 35% a 25–30%, según fracción.
- Cap. 48–49 (papel y cartón) y 50–60 (textiles): mantienen o bajan de 35% a 25–30% en múltiples tejidos, hilados y papeles; algunos casos permanecen en 35%.
- Cap. 61–64 (prendas, calzado): prendas de punto y confección con cuotas 25–35%; variaciones según fibra/uso y contenido de lana/seda.
- Cap. 72–76 (acero/aluminio): el dictamen reconoce impacto sectorial y mantiene las cuotas propuestas e incluso propone nuevas en diversas fracciones.
- Cap. 87 (autopartes/vehículos): 35% a 25–30% según fracción, se proponen nuevas cuotas en diversas fracciones.
Es importante manifestar que aún falta la aprobación de la totalidad de la Cámara de Diputados y, posteriormente, de los Senadores, para que la reforma a la LIGIE se publique en el Diario Oficial de la Federación y entre en vigor (presuntamente el 01/01/2026).
Comentario RADAR:
Así como con la reforma a la Ley Aduanera, es muy probable que esta reforma se publique oficialmente antes de terminar el año para que entre en vigor el 1° de enero de 2026, por lo que, los importadores deben de empezar a revisar y considerar lo siguiente:
- Identificar que mercancías estarán afectas con los ajustes a las cuotas arancelarias que contempla la reforma de la LIGIE.
- Calcular impactos en determinación de contribuciones al comercio exterior y costos por escenario de fracción arancelaria/nueva cuota de arancel.
- Los ajustes a los aranceles se rigen por el Artículo 56, fracción I, de la Ley Aduanera, por lo cual, serán aplicables para todas aquellas mercancías cuya fecha de ingreso a territorio nacional sea a partir de la fecha en que estos entren en vigor, por lo que, a las mercancías que hayan ingresado con anterioridad, le serán aplicables las tasas de aranceles actualmente vigentes.
- Programar la mayor cantidad de despachos aduaneros antes del 01/01/2026 (fecha probable de la entrada en vigor).
- Cuando la entrada en vigor de la reforma coincida o sea muy cercana a la fecha de arribo de las mercancías al país, se recomienda evaluar la posibilidad de realizar el pago anticipado de pedimento. Esto permitirá aplicar las tarifas vigentes al momento de que se realice el pago, siempre que las mercancías se presenten ante la aduana y se active el mecanismo de selección automatizado dentro de los tres días siguientes (20 días en el caso de transporte ferroviario) a la fecha en que se efectúe dicho pago.
Se comparte dictamen aprobado para su consulta.
ADJUNTOS
Boletín Especial LIGIE 09.12.2025
Felipe Galindo
Consultor
felipe.galindo@radarholding.com

