NORMATIVIDAD
2 de noviembre inhábil para el SAT.
El día de hoy se publicó en el DOF la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, mediante la cual se incorpora el 2 de noviembre de 2026 como día inhábil para el Servicio de Administración Tributaria. En consecuencia, durante dicha fecha no correrán los plazos y términos legales aplicables a los actos, trámites y procedimientos seguidos ante esa autoridad.
Se recomienda considerar esta fecha en la programación de gestiones y el seguimiento de asuntos en trámite ante el Servicio de Administración Tributaria.
Se adjunta la publicación para mayor referencia.
REGULACIONES NO ARANCELARIAS
Se incorporan barras de acero para molienda al esquema de la Regla 8a
La Secretaría de Economía publicó una modificación al Acuerdo de reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior, para ampliar los supuestos de autorización de importación bajo el esquema de la Regla 8a, en beneficio de la industria nacional fabricante de bolas de acero para molienda utilizadas en la minería.
¿Qué cambia?
La modificación reforma la fracción VI del numeral 2 del Anexo 2.2.2 del Acuerdo de Reglas, incorporando la posibilidad de autorizar la importación de determinadas barras de acero al amparo de la Regla 8a cuando éstas se destinen a la producción de bolas de acero para molienda en la minería.
En particular, la medida permite la importación de barras de acero clasificadas en las fracciones arancelarias 7228.30.01 y 7228.30.99, destinadas a la fabricación de bolas de acero para molienda clasificadas en la fracción 7326.11.03.
Entrada en vigor
El Acuerdo entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, es decir, el 31 de octubre de 2026.
Adjuntos:


