BOLETÍN LEGAL 28.09.2026

 

NORMATIVIDAD

MODIFICACIÓN AL ACUERDO DE REGLAS DE LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA.

La Secretaría de Economía publicó hoy, 28 de septiembre, en el DOF un acuerdo que amplía el Anexo 2.4.1 e incorpora nuevas fracciones arancelarias que deberán acreditar el cumplimiento de NOM en el punto de entrada al país, es decir, en el despacho aduanero.

A qué productos aplica:

  • Grifería, válvulas y accesorios para agua potable (NOM-012-CONAGUA-2021): tubería y conexiones de PVC, mangueras de caucho y metálicas, lavabos, fregaderos de acero inoxidable, válvulas y partes de grifería. En la mayoría de los casos, solo cuando se destinan a instalaciones hidráulicas de agua potable.
  • Motores eléctricos pequeños (NOM-033-ENER-2019): motores de corriente alterna enfriados con aire, de 1 W a menos de 180 W, de 2, 4 y 6 polos, jaula de ardilla y electrónicamente conmutados (partida 8501).
  • Teléfonos y equipos terminales móviles (NOM-221-SCFI-2017 y NOM-221/2-SCFI-2018): fracciones 8517.13.01, 8517.14.91, 8517.18.99, 8517.62.17 y 8517.69.99.

A partir del 29 de septiembre de 2026 para grifería, válvulas y motores. Sin periodo de transición.

 

Sin embargo, para los equipos de telecomunicaciones el transitorio les concede 30 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación, es decir el 9 de noviembre de 2026

 

REGULACIONES NO ARANCELARIAS

RESOLUCIÓN PRELIMINAR C.C. RECUBRIMIENTOS CERÁMICOS PARA PISO Y MURO, INDIA.

Producto Recubrimientos cerámicos para piso y muro.
Tipo de resolución Preliminar del procedimiento administrativo de investigación antidumping (Cuota Compensatoria [C.C.]).
Fracciones arancelarias 6907.21.02, 6907.22.02 y 6907.23.02 de la TIGIE o por cualquier otra.
Origen India.
Resolución · Continúa el procedimiento administrativo de investigación en materia de prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios.

· Se imponen las siguientes C.C. provisional:

  • 0.07 USD por metro cuadrado para las importaciones provenientes de Alliance.
  • 4.31 USD por metro cuadrado para las importaciones provenientes de las demás empresas productoras exportadoras que comparecieron y no fueron seleccionadas.
  • 10.98 USD por metro cuadrado para las importaciones provenientes de Maps y las demás empresas exportadoras.
  • Las importaciones provenientes de Cyan, preliminarmente, no estarán sujetas al pago de cuota compensatoria
Vigencia de la C.C. provisional 6 meses, contados a partir del 29 de septiembre de 2026.
Periodo para presentar argumentos y pruebas Las partes interesadas comparecientes en el procedimiento, cuentan con 20 días hábiles, de considerarlo conveniente, para presentar los argumentos y las pruebas complementarias que estimen pertinentes ante la Secretaría.

Medios de presentación:
1. upci@economia.gob.mx
2. Pachuca 189, Col. Condesa, Cuauhtémoc, CDMX, CP. 06140.

Entrada en vigor 29 de septiembre de 2026.

 

REGULACIONES NO ARANCELARIAS

Resolución inicio de investigación antidumping sobre las importaciones de artículos para cocinar de aluminio, China.

Producto Artículos para cocinar de aluminio
Tipo de resolución Inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de cuotas compensatorias (C.C).
Fracciones arancelarias 7615.10.02 de la TIGIE, o por cualquier otra.
Origen China
Resolución
  • Se inicia investigación.
  • La Secretaría podrá aplicar las cuotas compensatorias definitivas.
Periodo de examen 1 de julio de 2025 al 30 de junio de 2026.
Periodo de análisis 1 de julio de 2021 al 30 de junio de 2026.
Periodo para acreditar interés jurídico para presentar argumentos y pruebas. Las partes interesadas, cuentan con 28 días hábiles para acreditar su interés jurídico y presentar respuesta al formulario oficial, así como presentar argumentos y pruebas que estimen pertinentes.

Obtención del formulario:

  1. https://www.gob.mx/se/acciones-y-programas/unidad-de-practicas-comerciales-internacionales-formularios-oficiales-examen-de-vigencia-de-cuotas-compensatorias?state=published.
  2. upci@economia.gob.mx 
  3. Pachuca 189, Col. Condesa, Cuauhtémoc, CDMX, CP. 06140.
Entrada en vigor 29 de septiembre de 2026.

INTERÉS GENERAL

LICITACIONES PÚBLICAS NACIONALES, PARA ASIGNAR LOS CUPOS DE IMPORTACIÓN DE LECHE CONDENSADA, LECHE EVAPORADA, ACEITE DE PALMA Y ACEITE DE ALMENDRA.

La Secretaría de Economía derivado de la Licitación Pública Nacional números 003/2027, 004/2027 y 005/2027 para asignar cupos de importación de:

  • Leche condensada (Licitación 003/2027).
  • Leche evaporada (Licitación 004/2027).
  • Aceite de palma y aceite de almendra (hueso) de palma (Licitación 005/2027).

Dicha Secretaría comparte las ligas y formatos para las licitaciones antes señaladas.

Se adjuntan los formatos para pronta consulta.

 

ESTÍMULOS FISCALES

IEPS – ENAJENACIÓN DE COMBUSTIBLES

Se dan a conocer los porcentajes y montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del IEPS aplicables a los combustibles automotrices, correspondientes al periodo comprendido del 26 de septiembre al 02 de octubre de 2026, como sigue:

Combustibles automotrices:

Combustible Porcentaje de Estímulo
Gasolina menor a 91 octanos 72.09%
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y
combustibles no fósiles
72.11%
Diésel 100.00%

 

Combustible Monto del estímulo fiscal
(pesos/litro)
Gasolina menor a 91 octanos $4.83
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y
combustibles no fósiles
$4.08
Diésel $7.36

 

Combustible Cuota (pesos/litro)
Gasolina menor a 91 octanos $1.87
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y
combustibles no fósiles
$1.58
Diésel $0.00

 

Combustible Cantidad por litro (pesos)
Gasolina menor a 91 octanos $0.00
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y
combustibles no fósiles
$0.00
Diésel $1.19

Compartimos también el Acuerdo por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales en materia de IEPS, aplicables a la enajenación de gasolinas en la franja fronteriza con los Estados Unidos de América, durante el período comprendido del 26 de septiembre al 02 de octubre de 2026, de conformidad con los lineamientos establecidos en la publicación adjunta.

Asimismo, se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales en materia de IEPS, aplicables a la enajenación de gasolinas en la región fronteriza con Guatemala, durante el período comprendido del 26 de septiembre al 02 de octubre de 2026, de conformidad con los lineamientos establecidos en dicha publicación.

 

Entrada en vigor de estos Acuerdos: 26 de septiembre de 2026.

 

 

 

Adjuntos:

BOLETÍN LEGAL 28.09.2026

 


MARCELA QUEZADA CRUZ

ASESOR LEGAL SR

marcela.quezada@radarholding.com

 

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