
REGULACIONES NO ARANCELARIAS
PREGUNTAS FRECUENTES AVISO AUTOMÁTICO DE PRODUCTOS DE ALUMINIO (AAA)
En seguimiento a los boletines especiales del 08.05.26 y 19.05.26, así como al webinar del 12 de mayo sobre la implementación del Aviso Automático de Productos de Aluminio (AAA), la Secretaría de Economía publicó el 22 de mayo de 2026 en el portal de SNICE las Preguntas frecuentes, por lo que a continuación compartimos los principales puntos con el objetivo de facilitar el cumplimiento en sus operaciones de importación.
- Naturaleza del trámite
- El AAA es un permiso automático, cuya resolución se obtiene de forma inmediata en VUCEM tras su envío con e.firma.
- No requiere documentación obligatoria, aunque se pueden adjuntar archivos de forma opcional.
- Información clave en el aviso
- La descripción de la mercancía debe presentarse en español e incluir:
- Tipo de aluminio
- Dimensiones
- Recubrimientos y acabados
- Accesorios integrados
- El aviso debe tramitarse:
- Por fracción arancelaria
- Por cada mercancía con características específicas
- Declaración en pedimento
- País a declarar: país de origen (coincidente con el AAA).
- Clave de permiso: AL (Apéndice 9, Anexo 22 RGCE).
- Se debe declarar el folio alfanumérico de 14 caracteres del aviso.
- Pedimentos obligados: A1, A4, AF, C1, F2, G9, H1, I1, IN, K2, M1, M2, M3, M4 y M5.
- Vigencia y uso
- Vigencia del AAA: 4 meses.
- Puede utilizarse en múltiples operaciones, siempre que:
- Se mantenga vigente
- Exista saldo suficiente
- Coincidan las características y precio unitario
- Entrada en vigor
- Publicación del Acuerdo: 2 de abril de 2026
- A partir del 25 de mayo de 2026, el AAA es obligatorio para importar productos de aluminio.
- Modificaciones y cancelaciones
- No es posible modificar un AAA.
- En caso de error:
- Se debe cancelar
- Posteriormente tramitar un nuevo aviso
- Información de trazabilidad
Se debe declarar información relacionada con la cadena productiva:
- País de fundición (smelting): donde se funde la alúmina
- Segundo país de fundición (si aplica)
- País de vertido (casting): donde se moldea el aluminio
- País de origen: fabricación final
- País exportador: último país de envío hacia México
- Soporte documental (recomendado)
- Documentos que acrediten:
- Características del aluminio
- Procesos de fundición y vertido
- Emitidos por las empresas involucradas
- Importantes para trazabilidad y cumplimiento en revisiones
Nuestro equipo está a su disposición para gestionar los AAA en VUCEM y brindar acompañamiento en el cumplimiento normativo.
NORMATIVIDAD
IMPLEMENTACIÓN DE LA NUEVA VENTANILLA ÚNICA DE TRÁMITES DE COMERCIO EXTERIOR (VUTCE)
A partir del 25 de mayo de 2026, comenzó la operación de la Ventanilla Única de Trámites y Certificados Electrónicos (VUTCE), la cual funcionará como el nuevo punto central para la gestión de trámites en materia de comercio exterior.
Este nuevo modelo está basado en:
- Interoperabilidad entre dependencias gubernamentales
- Emisión de certificados electrónicos
- Integración mediante servicios web (APIs)
- Digitalización integral y simplificación de trámites
- Automatización de validaciones
La VUTCE se encuentra disponible en el portal habitual: www.ventanillaunica.gob.mx
Dicho sitio era previamente utilizado para la operación de la VUCEM; sin embargo, ahora incorpora una interfaz renovada y funcionalidades orientadas a un esquema más automatizado e interoperable.
Al ingresar a la plataforma, los usuarios podrán identificar módulos y apartados similares a los que operaban en la VUCEM, lo cual forma parte de un proceso de transición controlada y gradual.
La entrada en operación de la VUTCE representa un cambio relevante hacia un modelo más digital, automatizado e interconectado, lo cual impactará directamente en la forma en que se gestionan los trámites de comercio exterior.
Una adecuada adaptación permitirá evitar rechazos, retrasos y contingencias operativas.
Adjuntos:
Alejandra Buenrostro
Consultora


