
NORMATIVIDAD
AVANCES MVE MESA DE TRABAJO AGACE
Estimado cliente
Les informamos que el viernes pasado RADAR participó como invitado de la CLAA en una mesa de trabajo convocada por la autoridad aduanera (AGACE), con el objetivo de abordar aspectos clave sobre la entrada en vigor de la Manifestación de Valor Electrónica (MVE), prevista para el próximo martes 9 de diciembre de 2025.
Durante este encuentro, la autoridad confirmó que ha sostenido reuniones con diversas asociaciones en días recientes, con el propósito de aclarar dudas y resolver aspectos técnicos relacionados con el sistema de transmisión, buscando garantizar el cumplimiento de esta nueva obligación.
A continuación, les compartimos los puntos más relevantes tratados en dicha reunión:
- Sin prórroga prevista: La MVE deberá transmitirse obligatoriamente en todas las operaciones de importación despachadas a partir del 9 de diciembre de 2025.
- Responsabilidad del importador: Aunque el importador es el responsable directo de transmitir la MVE, no existe impedimento legal para que autorice a terceros (agentes aduanales, empresas de servicios, etc.) a realizar la transmisión utilizando su Sello Digital tipo VUCEM o su FIEL. No obstante, la responsabilidad ante la autoridad recae exclusivamente en el importador.
- Pruebas piloto con AGACE: Del 18 al 21 de noviembre (semana 47), se llevarán a cabo pruebas piloto con la autoridad para verificar el correcto funcionamiento del sistema de transmisión (por VUCEM o Web Service). RADAR participará en estas pruebas junto con los clientes que manifiesten su interés.
- Direcciones IP: Las IP solicitadas por AGACE para estas pruebas tienen como único objetivo rastrear a los usuarios que colaboran en este proceso de pruebas.
- Preguntas Frecuentes (FAQ): AGACE está preparando una primera versión de preguntas frecuentes que resolverán dudas comunes y ayudarán a homologar el cumplimiento de la MVE. Se espera su publicación a finales de noviembre.
- Multas por información incorrecta: Respecto a la sanción de $2,300 pesos establecida en el artículo 185, fracción II de la Ley Aduanera, la autoridad indicó que, por el momento, no será exigida en casos de retransmisión de la MVE. Nos recomienda esperar la publicación de las Reglas Generales de Comercio Exterior 2026 para conocer los criterios aplicables.
- Pagos posteriores a la importación: La autoridad reconoce que en muchas operaciones los pagos se realizan después del despacho. Por ello, recomienda transmitir la MVE con la información disponible en ese momento y actualizarla posteriormente con los datos definitivos.
- Campo de “Aclaraciones”: Se sugiere justificar cualquier información faltante o provisional. El importador puede incluir declaraciones adicionales que expliquen su documentación o prácticas de pago a proveedores extranjeros, o bien si no existe pago los motivos de dicha situación.
- Traducciones de documentos: No será obligatorio adjuntar traducciones simples ni oficiales de documentos en idiomas distintos al inglés. Sin embargo, recomienda incluir una traducción simple en idiomas distintos al inglés para evitar requerimientos adicionales por parte de AGACE.
- Plazo para integrar la MVE: Aunque no existe un plazo específico para completar la MVE y sus anexos después del despacho, se espera que esto ocurra antes del cierre del ejercicio fiscal correspondiente, para coincidir con los cierres contables de las empresas.
- Supuestos de valoración sin pago: La MVE no contempla una forma específica para declarar el valor de las mercancías distinto al de Transacción. Recomiendan transmitir la MVE utilizando los campos disponibles y, en el apartado de “Aclaraciones”, especificar que se trata de una operación sin pago. Asimismo, deberán justificar el valor declarado con datos objetivos que respalden la metodología utilizada para su determinación.
- Validación de información y anexos en la MVE. En esta primera versión, no se realizarán validaciones sobre la información transmitida ni los documentos anexos correspondientes. Se prevé que esta funcionalidad se incorpore en futuras actualizaciones del sistema, como parte de las mejoras que la autoridad implementará progresivamente.
RADAR continuará brindando a nuestros clientes de forma inmediata la información oficial disponible que obtenga de su participación activa con la autoridad para el cumplimiento de esta obligación ante la autoridad.
Avances RADAR Web Service para trasmitir MVE
RADAR ya cuenta con un sistema para transmitir la MVE vía Web Service. Actualmente estamos realizando pruebas internas en un entorno controlado, obteniendo acuses de recepción, aunque aún no se han activado mecanismos oficiales para validar la coherencia y precisión de la información enviada.
Estas pruebas se han realizado hasta el momento con datos ficticios (fechas de pago de mercancía, incrementables, compensaciones, etc.).
Estamos avanzando en la siguiente fase de pruebas en ambiente real con la autoridad, por lo cual hemos solicitado la colaboración de clientes que nos han proporcionado sus sellos digitales y anexos para que la siguiente semana podamos probar la herramienta desarrollada con la autoridad.
Con base en dichas pruebas, estaremos comunicando a través de este medio y organizando un Webinar para dar a conocer los procesos para aquellos clientes que deseen el servicio de transmisión de la MVE con RADAR ( Web Service), y poder con ellos coordinarse con los responsables para el envío de la información y documentos que no constan en el pedimento ni documentación entregada para despacho.
Para mayor referencia adjuntamos la circular informativa número 175 de la CLAA, en la que se abunda sobre los puntos tratados con la autoridad en la referida reunión.
Anexos
Claudia Peña
Director Legal
claudia.pena@radarholding.com

