REGULACIONES NO ARANCELARIAS.
NOM-016-ENER-2025, Eficiencia energética de motores de corriente alterna, trifásicos, de inducción, tipo jaula de ardilla, en potencia nominal de 0.746 kW a 373 kW. Límites, método de prueba y marcado.
El martes pasado la Secretaría de Energía (SENER) publicó la NOM-016-ENER-2025, encontrándose dentro de su campo de aplicación la importación de motores de corriente alterna, trifásicos, de inducción, tipo jaula de ardilla, en potencia nominal de 0.746 kW a 373 kW, detallando tanto el procedimiento de evaluación de la conformidad, como los requisitos de etiquetado que se deben de cumplir.
Vigencias:
- Esta Norma Oficial Mexicana entrará en vigor 180 días naturales contados a partir del día siguiente a su publicación en el DOF.
- Los certificados de conformidad vigentes con la NOM-016-ENER-2016 que hayan sido emitidos con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de la presente NOM, continuarán vigentes hasta la fecha de su vencimiento.
- Una vez que esta Norma Oficial Mexicana haya entrado en vigor cancelará y sustituirá a la NOM-016-ENER-2016, que fue publicada en el DOF el 15 de noviembre de 2016.
Para mayor referencia se anexa la referida publicación, así como la circular informativa de nuestra Confederación.
INTERÉS GENERAL.
NOM-035-ENER-2025, Eficiencia energética en acondicionadores de aire tipo unitario. Límites, métodos de prueba y etiquetado.
El día de ayer la Secretaría de Energía (SENER) publicó la NOM-035-ENER-2025, encontrándose dentro de su campo de aplicación la importación de acondicionadores de aire tipo unitario, detallando tanto el procedimiento de evaluación de la conformidad, como los requisitos de etiquetado que se deben de cumplir.
Vigencias:
- Esta Norma Oficial Mexicana entrará en vigor 180 días naturales contados a partir del día siguiente a su publicación en el DOF.
- A partir de los 545 días naturales, posteriores al día siguiente de su publicación en el DOF, todos los productos comprendidos dentro su campo de aplicación que se fabriquen, importen o comercialicen, deben demostrar el cumplimiento con la misma.
Para mayor referencia se anexa la referida publicación, así como la circular informativa de nuestra Confederación.
REGULACIONES NO ARANCELARIAS
SE – Resolución final examen C.C. poliéster fibra corta, China.
| Producto | Poliéster fibra corta. |
| Tipo de Resolución | Resolución final de examen de Cuota Compensatoria. |
| Fracción arancelaria | 5503.20.99 de la TIGIE, o por cualquier otra |
| Origen | China, independientemente del país de procedencia. |
| Resolución | Se prorroga la vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de poliéster fibra corta originarias de China, de $0.46 dólares por kilogramo a que se refiere el punto 1 de la Resolución, por cinco años más contados a partir del 2 de julio de 2024 |
| Entrada en vigor | 22 de agosto de 2025. |
INTERÉS GENERAL.
Presentación de “aviso de retorno seguro de vehículos extranjeros” para usuarios extranjeros sin FIEL.
Mediante hoja informativa número 9, la VUCEM dio a conocer que a partir del 19 de agosto del presente año, el Aviso de Retorno Seguro de Vehículos Extranjeros se deberá tramitar a través del portal de la VUCEM, de conformidad con la Hoja Informativa No. 1 “Liberación Avisos AGACE”, del 2 de enero del presente año, tomando en consideración que ya es posible el acceso a usuarios extranjeros sin FIEL (e.firma), previo registro en la VUCEM.
Para mayor referencia se anexa la referida hoja informativa, así como la circular de nuestra Confederación.
REGULACIONES NO ARANCELARIAS.
Simplificación de trámites exportación CONAPESCA (Anteproyecto).
La SADER dio a conocer como anteproyecto el “Acuerdo por el que se establecen por segunda ocasión acciones de simplificación de trámites y servicios que se realizan ante la comisión nacional de acuacultura y pesca”, mediante el cual se implementan acciones de simplificación de diversos trámites de exportación:
Se adjunta circular de la CAAAREM y anteproyecto en comento para una mejor referencia.
El acuerdo respectivo se encuentra como anteproyecto en la CONAMER, este entrará en vigor a partir del siguiente día hábil al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
INTERÉS GENERAL
Información relacionada con los aranceles impuestos por Estados Unidos (CBP)
A través de circular T-0145/2025 de nuestra Confederación, comunica la información publicada por la Oficina de Aduanas de Estados Unidos (CBP), mediante la cual se hace un atento recordatorio respecto a la difusión del apartado “Medidas Comerciales Correctivas” (trade remedies en inglés) disponible en su página web https://www.cbp.gov/trade/programs-administration/trade-remedies en donde se encuentra información relacionada con la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional; tarifas adicionales impuestas a ciertos productos provenientes de China; tarifas adicionales impuestas a automóviles, autopartes, productos de acero, aluminio, cobre; Exclusiones y Exenciones.
Se acompaña el boletín de referencia.
Miguel Albarrán
Gerente de Consultoría
miguel.albarran@radarholding.com



